Sanciones del IVA en España

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Más información 
  1. Introducción
  2. ¿Qué son las sanciones del IVA?
  3. ¿Qué tipos de sanciones existen?
  4. ¿Qué sanción se aplica por cada infracción en la declaración del IVA?
    1. Sanciones aplicables a una declaración del IVA con resultado cero o negativo
    2. Sanciones aplicables a una declaración del IVA con resultado positivo
    3. Cometer una infracción leve, grave o muy grave
  5. ¿Cómo evitar las sanciones del IVA?

Las empresas y los autónomos en España son agentes recaudadores, es decir, cuando emiten una factura a sus clientes por productos o servicios sujetos al IVA (impuesto sobre el valor añadido), recaudan el importe correspondiente del impuesto y, posteriormente, abonan la cantidad recaudada a la Agencia Tributaria (AEAT). Para ello, los profesionales tienen que rellenar documentos tributarios como el modelo 303 con el que se tramita la declaración trimestral del IVA.

Aunque es un proceso muy común y relativamente sencillo, pueden producirse situaciones que provoquen que la AEAT no reciba a tiempo la cantidad que se le adeuda. En estos casos, este organismo público tiene la potestad de aplicar las sanciones del IVA en España que analizaremos en esta guía.

Esto es lo que encontrarás en este artículo:

  • ¿Qué son las sanciones del IVA?
  • ¿Qué tipos de sanciones existen?
  • ¿Qué sanciones se aplican por cometer errores en la declaración del IVA?
  • ¿Cómo evitar las sanciones del IVA?

¿Qué son las sanciones del IVA?

Las sanciones del IVA son las medidas que aplica la Agencia Tributaria cuando detecta que se ha producido algún tipo de irregularidad relacionada con las obligaciones fiscales de una empresa en materia de IVA. Dependiendo de aspectos como la gravedad y la voluntariedad por parte del agente recaudador, las multas pueden ser de menor o mayor cuantía.

La AEAT aplica las sanciones del IVA con el principal objetivo de recaudar la cantidad que se le adeuda. De esta manera, evita el perjuicio que supone para las arcas del Estado el hecho de no recuperar la cantidad percibida por los agentes recaudadores que han incumplido sus obligaciones. Además, hay otra razón detrás de la aplicación de estas medidas: el efecto disuasorio que se consigue por temor de otros obligados tributarios a tener que asumir esas sanciones.

¿Qué tipos de sanciones existen?

Las sanciones del IVA en España se subdividen en tres tipos distintos:

  • Recargos: Sanción porcentual, calculada sobre el importe adeudado, que puede aumentar en función del tiempo que haya pasado el obligado tributario sin regularizar su situación con el IVA.
  • Multas pecuniarias: Sanción que puede ser fija o proporcional.
    • Fija: La cantidad es siempre la misma porque no varía en función de cuál sea la infracción.
    • Proporcional: El importe a pagar cambia dependiendo de la cantidad del IVA que no se le ha ingresado a la AEAT. Cuanto mayor sea el importe adeudado, mayor será la multa.
  • Responsabilidades penales: Sanción que acarrea consecuencias penales al considerarse que el hecho punible es un delito. Conviene destacar que a la responsabilidad procesal hay que sumar la correspondiente sanción económica.

¿Qué sanción se aplica por cada infracción en la declaración del IVA?

Las sanciones que aplica la Agencia Tributaria cambian radicalmente según la infracción cometida, la gravedad y la reincidencia. El importe de la sanción también variará en función de si el resultado de la declaración fue positivo (es decir, el obligado tributario le adeuda un pago a la AEAT) o negativo (es decir, la AEAT debe compensar el importe al obligado tributario).

Sanciones aplicables a una declaración del IVA con resultado cero o negativo

Es habitual que algunos profesionales crean que están exentos de la declaración del IVA si durante el trimestre en cuestión no han realizado ninguna venta. Sin embargo, la ley del IVA indica que se deberá presentar la declaración, indicando que no ha habido actividad económica durante el período impositivo, de forma informativa. Ten en cuenta que si, a pesar de no haber registrado ventas, has comprado bienes o contratado servicios que necesitas para desempeñar tu actividad profesional, puedes solicitar la compensación o la devolución del IVA.

Si el resultado de tu declaración es negativo (es decir, has pagado más IVA del que has recaudado y la AEAT debe compensar o devolverte ese importe) o cero, también tendrás que asumir sanción por presentarla con retraso.

  • Si la declaración se presenta antes de recibir un requerimiento: multa pecuniaria fija de 100 €.
  • Si la declaración se presenta después de recibir un requerimiento: multa pecuniaria fija de 200 €.

Sanciones aplicables a una declaración del IVA con resultado positivo

Tanto si la autoliquidación del IVA se retrasa porque la empresa ha cometido un error al consultar los plazos, como si se trata de motivos de salud o económicos (por ejemplo, no poder hacer frente al desembolso que supone remitir el importe recaudado a la AEAT), se aplicará un recargo o sanción sobre el importe adeudado.

Antes de recibir el requerimiento de la AEAT

Si se presenta una autodeclaración del IVA con resultado positivo fuera de plazo sin requerimiento previo (es decir, la AEAT no ha enviado todavía la notificación tributaria reclamando el pago), la sanción es un recargo porcentual sobre el importe adeudado. El porcentaje varía en función del tiempo transcurrido tras la fecha límite de la declaración.

  • De 1 día a 3 meses después del plazo: 5 %
  • De 3 meses y 1 día a 6 meses después del plazo: 10 %
  • De 6 meses y 1 día a 12 meses después del plazo: 15 %
  • A partir de 12 meses y 1 día después del plazo: 20 % + intereses de demora del 4,0625 %

Para la liquidación de estos recargos puedes acudir presencialmente a una oficina de la Agencia Tributaria o rellenar el formulario específico para este trámite si prefieres hacerlo telemáticamente. También tienes la posibilidad de rellenar el modelo 303 como harías normalmente al tramitar la declaración trimestral del IVA: tras introducir todos los datos, en «Importe ingreso» verás la cantidad adeudada, que ya reflejará el montante total con el correspondiente recargo aplicado.

Tras recibir el requerimiento de la AEAT

Si la AEAT ha enviado la notificación tributaria, aplicará una multa pecuniaria dependiendo de la gravedad de los hechos. El mínimo es del 50 % para infracciones leves y el máximo alcanza el 150 % para infracciones muy graves. En el siguiente apartado analizamos qué tipo de infracciones pueden incluirse en cada categoría.

Cometer una infracción leve, grave o muy grave

Al cometer una infracción, se deberá determinar la gravedad de los hechos para averiguar qué sanción hay que asumir. Si recibes un requerimiento de la Agencia Tributaria, la sanción variará en función de la categoría de la infracción.

Leve

La cantidad de IVA adeudado que ha acarreado la infracción es de, como máximo, 3.000 €, independientemente de si el importe se ha ocultado a la AEAT de forma voluntaria o involuntaria. También se consideran infracciones leves si la cantidad del IVA de la infracción es de, como mínimo, 3.000,01 € pero no se ha ocultado la información. En ambos casos, la sanción es de un 50 % de la cantidad del IVA no pagada.

Grave

Una infracción se considerará grave si la cantidad del IVA de la infracción es de, como mínimo, 3.000,01 € y se ha ocultado información a la AEAT. Si la cifra es menor, también se considera un hecho grave si el obligado tributario ha cometido uno o más de estos hechos:

  • Respecto a la totalidad de la infracción, el 50 % o menos corresponde al IVA repercutido, es decir, el que se cobra a los clientes con las facturas emitidas.
  • Respecto a la totalidad de la infracción, entre el 10,01 % y el 50 % no se le ha abonado a la AEAT por errores en la confección de los libros registro del IVA.
  • Hacer uso de facturas u otros documentos contables que sean incorrectos pero, a pesar de ello, no puedan considerarse fraudulentos, siempre y cuando no representen más de un 10 % del importe sujeto a la sanción. Es decir, los documentos no se han utilizado para engañar voluntariamente a la Agencia Tributaria.

Si se trata de una infracción grave, la sanción a asumir es una multa pecuniaria proporcional que oscila entre un 50 % y un 100 % sobre la cantidad del IVA adeudada. El porcentaje varía en función del número de ocasiones en las que el obligado tributario haya cometido irregularidades de este tipo, así como del perjuicio económico que supone para la Administración Pública.

Muy grave

Una infracción se considerará muy grave si el importe retenido que comporta la infracción corresponde a más del 50 % de la base de la sanción o se emplean medios que la Ley 58/2003 considera fraudulentos. Veamos qué tipo de acciones tienen cabida en esta categoría:

  • Ocultar la identidad del obligado tributario que comete la infracción utilizando a otra persona, independientemente de si esta conoce o no los hechos que se producen.
  • Hacer uso de facturas u otros documentos contables que sean falsos y que supongan, como mínimo, el 10,01 % de la cantidad del IVA sin ingresar a Hacienda.
  • Cometer irregularidades sustancial y deliberadamente, como por ejemplo no llevar la contabilidad del negocio.

Si se trata de una infracción muy grave, la sanción a asumir es una multa pecuniaria proporcional de entre el 100 % y el 150 % de la cantidad del IVA no pagada y, de nuevo, en función del perjuicio causado y la recurrencia de este tipo de infracciones.

¿Cómo evitar las sanciones del IVA?

Si bien la naturaleza disuasoria de estas sanciones hace que los importes puedan ser muy elevados, no es difícil evitarlas. Aquí tienes varios consejos que te ayudarán a cumplir siempre con tus obligaciones fiscales en materia de IVA:

  • Presenta las declaraciones a tiempo: Rellena cuando toque el modelo tributario correspondiente para declarar el IVA incluso si tu negocio no ha registrado actividad comercial. Nos referimos a los modelos cuya obligación de presentación se contrae al obtener el certificado de condición de sujeto pasivo del IVA, es decir, todos los siguientes: 036, 037, 035, 347, 349 y 390 —este último no es obligatorio en caso de enviar la información por medio del Suministro Inmediato de Información (SII)—.
  • Conoce los tipos impositivos: Infórmate acerca de los tipos del IVA en España y aplica los porcentajes oportunos a tus facturas. Para simplificar este proceso, contar con una herramienta de automatización que calcula y cobra automáticamente el IVA de tus ventas como Stripe Tax te puede resultar de gran ayuda. Además, Tax te permite generar informes con los impuestos que has recaudado y simplifica el proceso de declaración.
  • Recuerda presentar el modelo 346: Ten en cuenta que, a pesar de no tener que pagar el impuesto en las transacciones no sujetas a IVA, deberás incluirlas en el modelo 347.
  • Comprueba la veracidad de los datos: Asegúrate de introducir correctamente los datos en las facturas, puesto que en caso contrario carecerán de validez.
  • Calcula el IVA correctamente: Cerciórate de cobrar siempre la cantidad adecuada del IVA en tus transacciones.
  • Mantente al tanto de los cambios normativos: En cualquier momento, Hacienda puede introducir modificaciones que cambien por completo la forma de autoliquidar el impuesto como, por ejemplo, las medidas que se introdujeron el 1 de julio de 2021 en relación con el IVA en el comercio electrónico. Recuerda que desconocer las últimas novedades no te exime de su cumplimiento. De nuevo, trabajar con una herramienta como Stripe Tax puede ser de gran ayuda para estar al día de los últimos cambios en materia de impuestos, porque se actualiza regularmente para reflejar cualquier cambio legislativo y realiza un seguimiento de tus obligaciones fiscales para avisarte si superas el umbral de declaración de impuestos en los más de 50 países donde está disponible (échale un vistazo a la lista de territorios excluidos).
  • Corrige errores pasados: Haz una declaración complementaria tan pronto como detectes un error en una autoliquidación del IVA que hayas presentado anteriormente.
  • Utiliza un software de facturación: Invierte en un programa adaptado al sistema VERI*FACTU y a la ley antifraude, que obliga a las empresas y a los autónomos en España a facturar electrónicamente.

En definitiva, evitar las sanciones del IVA es fácil, pero es muy importante que tengas presentes las medidas que aplica la Agencia Tributaria a aquellos profesionales que, voluntaria o involuntariamente, cometen errores al autoliquidar este impuesto indirecto.

El contenido de este artículo tiene solo fines informativos y educativos generales y no debe interpretarse como asesoramiento legal o fiscal. Stripe no garantiza la exactitud, la integridad, la adecuación o la vigencia de la información incluida en el artículo. Busca un abogado o un asesor fiscal profesional y con licencia para ejercer en tu jurisdicción si necesitas asesoramiento para tu situación particular.

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