Guía sobre el modelo 349 en España

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Stripe Tax automatiza el cumplimiento de la normativa fiscal internacional de principio a fin, para que puedas centrarte en ampliar tu negocio. Identifica tus obligaciones fiscales, gestiona los registros, calcula y cobra el importe correcto de impuestos en todo el mundo y habilita las presentaciones, todo en un solo lugar.

Más información 
  1. Introducción
  2. Qué es y para qué sirve el modelo 349
  3. Quiénes están obligados a presentar el modelo 349
  4. Cuál es el plazo para presentar el modelo 349
  5. Qué pasa si no se presenta el modelo 349 a tiempo
  6. Instrucciones para presentar el modelo 349
  7. Rectificaciones del modelo 349
  8. Preguntas frecuentes sobre el modelo 349
    1. ¿El modelo 349 se puede presentar a cero?
    2. ¿Cómo declarar un abono en el modelo 349?
    3. ¿Es lo mismo el modelo 349 que INTRASTAT?
    4. ¿Hay alguna diferencia sobre cómo deben presentar el modelo 349 las empresas y los autónomos?

Según la Oficina Europea de Estadística (Eurostat), en 2022 la Unión Europea experimentó el mayor crecimiento porcentual de la última década en lo que respecta a las operaciones transfronterizas (es decir, el conjunto de importaciones y exportaciones) de la Unión Europea. Un año después se registraron unas cifras excelentes en relación a las transacciones intracomunitarias, en las que España se sitúa en la séptima posición, tan solo por detrás de Alemania, Países Bajos, Bélgica, Italia, Francia y Polonia.

Si bien es cierto que hay numerosas diferencias entre el funcionamiento de las exportaciones e importaciones y, por otro lado, el de las las operaciones intracomunitarias, una de las más importantes es la menor carga burocrática que llevan asociada. Aun así, conllevan ciertas gestiones con la Agencia Tributaria (AEAT): por ejemplo, las empresas españolas están obligadas a disponer del número de IVA intracomunitario, así como a declarar las transacciones que se han llevado a cabo dentro de la UE rellenando el modelo 349. Veamos para qué se utiliza y cómo afrontar la presentación de este modelo fiscal.

Esto es lo que encontrarás en este artículo:

  • Qué es y para qué sirve el modelo 349
  • Quiénes están obligados a presentar el modelo 349
  • Cuál es el plazo para presentar el modelo 349
  • Qué pasa si no se presenta el modelo 349 a tiempo
  • Instrucciones para presentar el modelo 349
  • Rectificaciones del modelo 349
  • Preguntas frecuentes sobre el modelo 349

Qué es y para qué sirve el modelo 349

El modelo 349 es una declaración informativa que sirve para dar a conocer a la AEAT, de forma resumida, las operaciones intracomunitarias que han tenido lugar en una empresa española a lo largo de un mes o de un trimestre. En este modelo han de incluirse las siguientes operaciones, siempre y cuando tengan lugar entre empresas o autónomos de dos países distintos de la Unión Europea:

  • Las ventas y las adquisiciones de cualquier producto o servicio
  • Las ventas de bienes en consigna, es decir, las transacciones que comprenden el envío de un producto que permanece almacenado en el país de destino hasta que un tiempo después lo compra otro profesional de ese territorio

La Agencia Tributaria cruza la información remitida a través del modelo 349 con los datos que se le facilitan con otras declaraciones como, por ejemplo, el modelo 303 que sirve para tramitar la declaración trimestral del IVA en España. En concreto, los datos de las operaciones intracomunitarias que coteja con los demás son la base imponible y los datos identificativos tanto de la parte proveedora como de la compradora. De esta manera, se asegura de que los obligados tributarios están aplicando correctamente el IVA (impuesto sobre el valor añadido) en las operaciones realizadas con otros Estados miembros a los que se les facilitan esos mismos datos.

Para cerciorarte de que la información relativa a este impuesto indirecto es correcta y que aplicas las exenciones adecuadas —por ejemplo, para las de las ventas a clientes profesionales de otros países de la UE—, puedes hacer uso de una herramienta de automatización fiscal, como Stripe Tax. Tax te permite calcular y cobrar automáticamente el IVA de tus ventas que, posteriormente, deberás declarar a la AEAT utilizando sus modelos tributarios. Por otra parte, Tax también valida el número de IVA intracomunitario de tus clientes a través del Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA (VIES) para hacerte saber si la operación estará exenta del impuesto. Además, Tax se actualiza automáticamente para estar siempre al día de los cambios a los tipos impositivos de cualquiera de los más de 50 países en los que está disponible (consulta la lista de territorios excluidos).

Gracias al intercambio de información entre los países que conforman la Unión Europea, los Estados miembros se aseguran de que los datos son correctos y de que no se están produciendo irregularidades en la aplicación del IVA.

Sabiendo lo útil que sería el intercambio de información relativa a las operaciones intracomunitarias, el Consejo Europeo aprobó en 2006 un reglamento en el que instaba a los países de la UE a actualizar sus sistemas fiscales con el objetivo de poner a disposición de los obligados tributarios una nueva vía para proporcionar los datos necesarios, es decir, las transacciones llevadas a cabo entre empresas de distintos países de dicho territorio geopolítico. España tardó aproximadamente tres años y medio en dar los pasos oportunos: no fue hasta 2010 cuando modificó la ley del IVA para dar cabida a lo que acabaría siendo el modelo 349 que, finalmente, vio la luz un mes después.

Quiénes están obligados a presentar el modelo 349

Están obligadas a presentar el modelo 349 todas las empresas y las personas que trabajan por cuenta propia en España y que tienen el certificado de la condición de sujeto pasivo del IVA, siempre y cuando hagan transacciones con otros profesionales de países extranjeros que también forman parte de la Unión Europea.

Si es tu caso, deberás presentar el modelo 349, por lo que debes asegurarte de pedir el número de IVA europeo rellenando el modelo 036 y dándote de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI). A continuación, ya estarás legalmente habilitado para realizar operaciones intracomunitarias con otras empresas o autónomos de la UE. Todas ellas deberán incluirse en el modelo 349 dentro del plazo establecido.

Ten en cuenta que, si durante un período impositivo no se han producido operaciones intracomunitarias en la empresa, no será necesario presentar el modelo 349. Tampoco debe presentarse si las compras están exentas de este impuesto por tratarse de operaciones triangulares, es decir, aquellas en las que entran en juego tres partes o más (por ejemplo, el fabricante de los bienes y el cliente final, además de la propia empresa que facilita la operación).

Cuál es el plazo para presentar el modelo 349

Los plazos para la presentación del modelo 349 son mensuales o trimestrales. Si bien, el plazo por defecto es mensual, los criterios para poder realizar declaraciones trimestrales no son excesivamente restrictivos y se aplicarán a la mayoría de pequeñas y medianas empresas. Una empresa quedará exenta de realizar declaraciones mensuales (y, por lo tanto, pasará a presentar el modelo 349 trimestralmente) cuando ni en el trimestre actual ni en los cuatro trimestres anteriores haya superado los 50.000 € brutos en transacciones intracomunitarias.

Estos son los plazos del modelo 349 en función de la frecuencia de presentación a la que debas acogerte:

Frecuencia de presentación
Plazos para cada período impositivo
Mensual
  • Julio: del 1 de agosto al 20 de septiembre
  • Diciembre: del 1 al 30 de enero
  • Meses restantes: del 1 al 20 del mes siguiente
Trimestral
  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero

En ocasiones, esos 50.000 € que hemos mencionado anteriormente podrían superarse durante el primer o segundo mes del trimestre, lo que obligaría a una empresa que se encuentra en la modalidad trimestral a pasarse a las declaraciones mensuales. En el primer caso, deberás presentar el modelo 349 del 1 al 20 del segundo mes del trimestre, y tendrás que incluir en el modelo todas las operaciones intracomunitarias que hayan tenido lugar durante el transcurso del mes en el que hayas superado dicha cifra.

Si tu empresa supera los 50.000 € en el segundo mes del trimestre, el plazo va del día 1 al 20 del tercer mes. En el modelo 349 deberán constar las operaciones intracomunitarias de tanto el primer como el segundo mes del trimestre. Al rellenar el modelo 349, se deberá marcar la casilla que indica que se trata de una declaración bimensual para un trimestre truncado, justo debajo de los datos de contacto.

Cabe destacar que, si tu negocio está considerado como «gran empresa» porque factura más de 6.010.121,04 € anuales y, por lo tanto, estás obligado a realizar tus declaraciones del IVA mensualmente, los requisitos de presentación del modelo 349 siguen siendo los mismos que para el resto de empresas: podrás realizar la declaración de tus operaciones intracomunitarias trimestralmente si no has superado el umbral de 50.000 € trimestrales, y no deberás presentarlo si durante el período impositivo no has realizado ninguna operación intracomunitaria.

Qué pasa si no se presenta el modelo 349 a tiempo

Si no se presenta el modelo 349 dentro de los plazos que acabamos de especificar, hay que asumir una serie de multas y sanciones del IVA en España. La cuantía varía considerablemente en función de si regularizas tu situación tributaria antes o después de recibir un requerimiento de Hacienda.

Sanciones previas a la notificación
Sanciones posteriores a la notificación
Importe mínimo
150 € 300 €
Importe máximo
10.000 € 20.000 €
Importe de cada dato que falta
10 € 20 €

Instrucciones para presentar el modelo 349

Presentar el modelo 349 para informar de tus operaciones intracomunitarias no es un proceso excesivamente complicado. En primer lugar, deberás asegurarte de disponer del sistema de identificación electrónico necesario en tu caso. Si bien los autónomos podrán identificarse tanto con su certificado digital, como con su Cl@ve, en los demás casos se deberá utilizar el certificado digital:

A continuación, identifícate en la Sede Electrónica de la AEAT y haz clic en los siguientes enlaces:

  • Gestiones de todo tipo
  • Impuestos y tasas
  • Declaraciones informativas
  • Modelo 349
  • Presentación (hasta 40.000 registros)

Tras completar todos los pasos e introducir los datos de tus operaciones, te recomendamos que vuelvas a la primera página para revisar el apartado de «Resumen declaración». Allí se muestran varias casillas muy importantes cuya información rellenará automáticamente el sistema en base a la información antes introducida. Es esencial que, antes de confirmar la presentación del modelo 349, leas este resumen para comprobar que todos los datos introducidos son correctos.

Rectificaciones del modelo 349

Si detectas que en alguna declaración pasada has introducido algún dato incorrecto o si ha habido alguna modificación posterior en alguna de las operaciones que ya hayas declarado, deberás informar de estas rectificaciones en el modelo 349. Por ejemplo, si un proveedor cometió un error en un precio y te hace llegar la factura correcta durante el próximo trimestre, tendrás que introducir la modificación en el apartado de rectificaciones del modelo 349 que presentes en el siguiente período.

Si el error no está relacionado con la base imponible, sino con la información del operador intracomunitario o la clave elegida, deberás rellenar ambos registros en la declaración rectificativa.

Aunque incluir estas rectificaciones suele ser un poco más complejo y tedioso que una declaración genérica, rellenar el modelo 349 no es excesivamente complejo por tratarse de una declaración informativa y las declaraciones rectificativas son bastante excepcionales.

Preguntas frecuentes sobre el modelo 349

¿El modelo 349 se puede presentar a cero?

El modelo 349 no puede presentarse sin actividad: si una empresa no ha realizado ninguna operación intracomunitaria durante un período impositivo, no deberá presentar el modelo 349.

¿Cómo declarar un abono en el modelo 349?

El modelo 349 dispone de una sección dedicada a las rectificaciones. Si has recibido o emitido un abono (o algún otro tipo de factura rectificativa), deberás introducir esa modificación en el apartado de rectificaciones cuando rellenes el modelo 349 durante el siguiente período impositivo.

¿Es lo mismo el modelo 349 que INTRASTAT?

Aunque están estrechamente relacionados, el modelo 349 no es lo mismo que INTRASTAT. Si bien ambos se utilizan para declarar operaciones intracomunitarias, INTRASTAT es una normativa europea que requiere una declaración estadística y el modelo 349 es una declaración informativa de la Agencia Tributaria española.

¿Hay alguna diferencia sobre cómo deben presentar el modelo 349 las empresas y los autónomos?

Los plazos y los requisitos de obligatoriedad del modelo 349 son idénticos para autónomos y empresas. El proceso para rellenar el modelo también será el mismo, aunque a la hora de acceder a la Sede Electrónica de la AEAT, los autónomos podrán elegir si prefieren identificarse con su Cl@ve o su certificado digital, mientras que las empresas deberán elegir la segunda opción.

Esperamos que con la ayuda de esta guía hayas solucionado todas tus dudas en relación a este modelo fiscal y a las operaciones intracomunitarias en general.

El contenido de este artículo tiene solo fines informativos y educativos generales y no debe interpretarse como asesoramiento legal o fiscal. Stripe no garantiza la exactitud, la integridad, la adecuación o la vigencia de la información incluida en el artículo. Busca un abogado o un asesor fiscal profesional y con licencia para ejercer en tu jurisdicción si necesitas asesoramiento para tu situación particular.

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