VERI\*FACTU: qué es y cómo afecta a las empresas españolas

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Más información 
  1. Introducción
  2. Qué es VERI*FACTU
  3. Cuándo entra en vigor VERI*FACTU
  4. Objetivos de VERI*FACTU
    1. Lucha contra el fraude fiscal
    2. Digitalización y estandarización de los procesos de facturación
    3. Promoción de la transparencia y la supervisión ciudadana
  5. ¿Quién debe usar VERI*FACTU?
    1. ¿Quién no está obligado a usar VERI*FACTU?
  6. Cómo afecta VERI*FACTU a las empresas españolas
    1. Asegúrate de que el software cumpla con los requisitos
    2. Incluye elementos adicionales en las facturas
    3. Asegúrate de que el software incluya la información obligatoria en los registros de facturación
  7. Sanciones y riesgos por no cumplir con VERI*FACTU
    1. Sanciones económicas
    2. Riesgos fiscales y legales
  8. Cómo prepararse para VERI*FACTU con Stripe
  9. Preguntas frecuentes sobre el sistema VERI*FACTU

VERI*FACTU fue el tema más comentado entre los autónomos y las empresas en España a finales de 2025, tras la segunda postergación de la entrada en vigor de la normativa. Esta extensión de las fechas límite dio un respiro a muchas empresas, ya que aún no estaban seguras de cómo adaptarse a los requisitos. Sin embargo, dado que la fecha de entrada en vigor revisada —tras el primer retraso— fue prevista para el 1 de enero de 2026, muchos profesionales y organizaciones aprovecharon este período para empezar a digitalizar su proceso de facturación. Según lo informado en el «XII Estudio de Facturación Electrónica» de SERES, entre 2023 y 2024, se produjo un aumento considerable en la emisión y recepción de facturas electrónicas en medianas y grandes empresas.

A pesar de estos retrasos, VERI*FACTU entrará en vigor tarde o temprano y obligará a la gran mayoría de las empresas españolas a actualizar sus procesos de emisión y registro de facturas, como ya ocurrió con otros estatutos aprobados en materia de facturación electrónica obligatoria en España: la ley antifraude, la Ley Crea y Crece, el Suministro Inmediato de Información (SII) y TicketBAI, de uso exclusivo en el País Vasco. Para reforzar este marco normativo, VERI*FACTU exigirá a las empresas del país que modifiquen sus herramientas de facturación electrónica para que coincidan con los estándares técnicos establecidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

En este artículo, veremos cómo funciona VERI*FACTU, a quién se aplica y cómo afectará a tu empresa.

¿Qué contiene este artículo?

  • Qué es VERI*FACTU
  • Cuándo entra en vigor VERI*FACTU
  • Objetivos de VERI*FACTU
  • ¿Quién debe usar VERI*FACTU?
  • Cómo afecta VERI*FACTU a las empresas españolas
  • Sanciones y riesgos por no cumplir con VERI*FACTU
  • Cómo prepararse para VERI*FACTU con Stripe

Qué es VERI*FACTU

VERI*FACTU es un término que engloba dos conceptos introducidos por la AEAT, que son los siguientes:

  • El tipo de sistema informatizado de facturación (SIF) que deben utilizar las empresas y los autónomos para enviar sus registros de facturas a la AEAT en tiempo real
  • La normativa que estipula los requisitos que deben cumplir las herramientas de aplicación

Este marco tiene como objetivo impedir que las organizaciones oculte parcialmente los ingresos mediante software de doble uso y erradicar la contabilidad extracontable en la actividad comercial española.

Cuándo entra en vigor VERI*FACTU

Tras la última extensión de la fecha límite de implementación anunciada el 3 de diciembre de 2025, estas son las nuevas fechas en que el sistema pasará a ser obligatorio:

  • 1 de enero de 2027: entidades sujetas al impuesto de sociedades (IS)
  • 1 de julio de 2027: todas las empresas restantes y los autónomos

Estas fechas están establecidas en el Real Decreto-ley 15/2025, donde se introdujo una nueva extensión de la fecha límite de implementación de la legislación. A pesar de que en el Real Decreto 1007/2023, publicado en diciembre de 2023, se fijó la fecha inicial de entrada en vigor de VERI*FACTU para julio de 2025, menos de un año después (en octubre de 2024), en la Orden Ministerial HAC/1177/2024 se aplazó su implementación por primera vez.

Objetivos de VERI*FACTU

La implementación de VERI*FACTU responde al mandato de la ley antifraude de garantizar la integridad y la trazabilidad de los registros de facturación. Mediante la estandarización de las reglas para las plataformas digitales, la AEAT establece ciertos objetivos claros, que son los siguientes:

Lucha contra el fraude fiscal

El objetivo principal de VERI*FACTU es eliminar el software que permite la manipulación de datos o la contabilidad extracontable. Dado que exige un SIF que evite la falta de entradas o la alteración de las facturas emitidas, garantiza que las declaraciones de impuestos reflejen la verdadera situación financiera de las empresas. Las entidades que cumplen con las obligaciones fiscales se protegen de la competencia desleal que plantea la economía sumergida.

Digitalización y estandarización de los procesos de facturación

La implementación de esta medida supone un paso hacia delante en la transformación digital de los autónomos y las empresas en España, ya que la adopción de formatos de registro estandarizados ayuda a simplificar la comunicación entre los organismos públicos y el intercambio de información entre las empresas y sus clientes.

Promoción de la transparencia y la supervisión ciudadana

El sistema integra los códigos QR en todas las facturas, lo que permite a los destinatarios verificar si la AEAT ha registrado correctamente el documento de inmediato. Además de simplificar la cooperación con la AEAT, las organizaciones proporcionan una herramienta de verificación pública que fortalece una cultura de adhesión fiscal y demuestra la fiabilidad de las plataformas digitales.

¿Quién debe usar VERI*FACTU?

El sistema VERI*FACTU es obligatorio para los siguientes contribuyentes:

  • Autónomos
  • Empresarios
  • Entidades sin personalidad jurídica, como los fondos bancarios
  • Sociedades civiles con personalidad jurídica, pero sin finalidad comercial (como las que realizan actividades agrarias)

El marco se aplica si los contribuyentes mencionados cumplen con estas características:

  • Dependen de plataformas de facturación electrónica
  • Tienen domicilio en España y tributan también en territorio común, es decir, cualquier comunidad autónoma o territorio español, excepto el País Vasco y Navarra
  • Están sujetos a uno de los siguientes impuestos como mínimo:
    • Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF) por su actividad profesional
    • Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR)
    • Impuesto de sociedades (IS)

¿Quién no está obligado a usar VERI*FACTU?

Las empresas, los autónomos o las entidades que cumplan al menos con una de las siguientes condiciones están exentos del sistema VERI*FACTU:

  • Residir en Navarra o el País Vasco, ya que estas comunidades autónomas gestionan sus propias plataformas de facturación digital (NaTicket y TicketBAI, respectivamente).
  • Llevar libros mayores del impuesto al valor agregado (IVA) a través del SII.
  • Obtener autorización de la AEAT en los casos en que su aplicación sea técnicamente inviable.
  • Excluir las transacciones que el Real Decreto 1619/2012 exime de facturación; utilizar VERI*FACTU únicamente cuando se vendan bienes o se presten servicios que requieran factura.

Cómo afecta VERI*FACTU a las empresas españolas

En el «XII Estudio de Facturación Electrónica» de SERES, se indica que en 2024, 45,600 empresas nuevas adoptaron los procedimientos de facturación digital, incluida la emisión de facturas en formatos estructurados que se pueden procesar automáticamente. No obstante, muchas empresas aún no han implementado VERI*FACTU porque puede parecer algo complejo sin el socio adecuado.

A continuación, analizamos varios puntos que se deben tener en cuenta a la hora de adoptar este sistema:

Asegúrate de que el software cumpla con los requisitos

Las empresas y los autónomos en España que están obligados a utilizar VERI*FACTU deben confirmar que el programa en el que confían contiene una declaración de cumplimiento de la normativa emitida por el desarrollador en la que se indique su compatibilidad con este marco. Con este documento, al que se debe acceder desde el SIF, el fabricante certifica que el software cumple con las siguientes características:

  • Presentación automática y segura: envía información fiscal (específicamente, entradas de facturas) a través del sistema VERI*FACTU. Este envío debe ser seguro y automatizado.
  • Creación de registros de facturación: cada vez que una empresa vende un producto o contrata un servicio, el programa de facturación VERI*FACTU crea una entrada: un archivo digital que contiene los detalles de la transacción. El software debe crear este registro de manera simultánea con la emisión de la factura o inmediatamente antes de esta; nunca después.
  • Separación de datos confidenciales y fiscales: los datos personales que no tengan implicaciones fiscales deben mantenerse separados de los datos de interés a efectos fiscales, como el importe sujeto a impuestos de una venta. Esto permite a la AEAT analizar las cifras importantes de forma directa, rápida y sencilla.
  • Encadenamiento de registros: el sistema debe encadenar todos los registros de facturación en una secuencia que refleje su orden cronológico de emisión.
  • Registro de eventos: el sistema debe registrar automáticamente todas las acciones y los incidentes, incluidos los inicios de sesión y las actualizaciones de software.
  • Inalterabilidad: el programa debe preservar la integridad de los registros de facturación, evitar la manipulación de los detalles que la plataforma ya ha capturado y garantizar que esos detalles permanezcan protegidos tras su captura.

Incluye elementos adicionales en las facturas

Las empresas deben asegurarse de que las facturas contengan los siguientes elementos:

  • Código QR: las facturas impresas deben tener un código QR, mientras que en las versiones digitales se puede reemplazar por los mismos detalles presentes en la representación visual.
  • Identificador de VERI*FACTU: cada factura debe incluir el término «VERI*FACTU» o la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT».

Asegúrate de que el software incluya la información obligatoria en los registros de facturación

El sistema VERI*FACTU establece un formato y una estructura estándares para los registros de facturación, es decir, los archivos electrónicos que el SIF genera cuando se emite una factura. A continuación, se muestra un resumen del contenido que deben incluir estos archivos:

  • Datos del emisor: están compuestos por el número de identificación fiscal (NIF) de la persona que emite la factura, junto con el nombre y el apellido en el caso de un autónomo o el nombre completo de la empresa en el caso de una entidad jurídica, como una sociedad limitada (SL) o una sociedad anónima (SA).
  • Datos del cliente: en los casos en que el Real Decreto 1619/2012 exija la identificación del destinatario (por ejemplo, cuando sea obligatoria la factura completa), el software debe incluir su NIF, además del nombre y el apellido en el caso de un autónomo o particular, o bien el nombre completo de la empresa en el caso de una entidad jurídica. Cabe destacar que VERI*FACTU no modifica las reglas sobre datos del cliente en las facturas simplificadas, por lo que no es obligatorio incluirlos.
  • Emisor: indica si se trata de una factura emitida materialmente por el destinatario o por terceros.
  • Número y serie: identifica el documento con un número y, si corresponde, una serie para distinguir los documentos en orden secuencial y cronológico.
  • Fecha: registra la fecha de emisión, es decir, cuando la empresa la prepara y envía. Si esta fecha difiere de la fecha de la transacción o de pago por adelantado, incluye ambas.
  • Tipo de factura: indica si se trata de una factura completa o simplificada, generalmente denominada ticket o recibo.
  • Factura rectificada: indica claramente que es una factura rectificativa e identifica la original que modifica.
  • Factura que sustituye a una factura simplificada: especifica que es una factura emitida para sustituir a una factura simplificada anterior e identifica el recibo original (si corresponde).
  • Descripción: describe cada producto o servicio.
  • Importe: es el importe total de la factura.
  • Sistema: indica el sistema de IVA que se aplica a las partidas que figuran en la factura, como el régimen general o el régimen de IVA adicional.
  • Sujeto pasivo: indica si el cliente es un sujeto pasivo a efectos del IVA si se aplica el mecanismo de inversión del sujeto pasivo.
  • Desglose del IVA: detalla la base imponible, los tipos de IVA aplicados y el importe total del IVA cobrado en la factura. Si se aplica el IVA adicional, indica los tipos y el importe adicional del IVA.
  • Transacción exenta de impuestos: si la factura documenta una transacción exenta del IVA, indica el importe y el motivo por el que está exenta del pago del IVA.
  • Encadenamiento de registros: si no es la primera entrada de facturación generada por el SIF, registra el número de factura y la serie (si corresponde), además de la fecha de emisión y una reproducción parcial de la huella del registro anterior.
  • Identificación del desarrollador: registra el código y otros datos de identificación del desarrollador del SIF.
  • Hora exacta del registro: captura el momento exacto en que la plataforma crea el archivo digital, con una marca de tiempo que refleje la fecha y la hora con los minutos y segundos.
  • Circunstancias: describen la situación en que se generó el archivo electrónico (por ejemplo, una desconexión de la red que impidió enviar la factura en tiempo real).

Con todos estos datos, la AEAT puede verificar si la facturación de la organización está completa y si es accesible, rastreable, legible y completamente inalterable.

Sanciones y riesgos por no cumplir con VERI*FACTU

El incumplimiento de las reglas de VERI*FACTU puede dar lugar a sanciones automáticas por parte de la AEAT, independientemente de si existe o no intención fraudulenta. La ley es estricta en cuanto a la posesión de sistemas de facturación que no cuenten con la declaración obligatoria de cumplimiento de la normativa. A continuación, se indican los importes de las multas y los riesgos fiscales a los que se enfrentarán los autónomos y las empresas que no adapten a tiempo sus procesos de facturación digital:

Sanciones económicas

El artículo 201 bis de la ley antifraude establece sanciones para quienes utilicen o comercialicen software que no cumpla con los estándares de integridad y trazabilidad. Las multas varían para los usuarios y los desarrolladores de programas de facturación de la siguiente manera:

  • Para empresas y autónomos: el uso de sistemas electrónicos que no cumplan con la legislación o carezcan de la certificación requerida puede dar lugar a multas de €50,000 por cada ejercicio que el programa permanezca en uso.
  • Para desarrolladores y profesionales del marketing: el desarrollo o la oferta de un software de facturación que habilite la contabilidad extracontable puede dar lugar a sanciones de hasta €150,000 por cada año que se venda el programa. Si la plataforma cumple con los estándares legales, pero no ha obtenido la certificación obligatoria, la multa será de €1000 por programa comercializado.

Riesgos fiscales y legales

Aparte de estas sanciones económicas, la dependencia de plataformas no autorizadas por la normativa de VERI*FACTU puede tener otras consecuencias negativas para la empresa, que se detallan a continuación:

  • Pérdida de beneficios fiscales: la detección de irregularidades en el software puede dar lugar a la exclusión de ciertos regímenes tributarios o a la pérdida de subvenciones y ayudas gubernamentales.
  • Aumento del perfil de riesgo a los ojos de la AEAT: el uso de plataformas incompatibles genera alertas automáticas dentro de las herramientas de la agencia y aumenta la probabilidad de una auditoría exhaustiva.
  • Daño a la reputación: si las facturas emitidas por una empresa no incluyen el código QR verificable, los clientes y los socios comerciales podrían percibir una falta de transparencia o irregularidad administrativa.

Cómo prepararse para VERI*FACTU con Stripe

En el «XII Estudio de Facturación Electrónica», se revela que, en 2024, la gran mayoría de las empresas, especialmente las microempresas y las grandes empresas, no habían adoptado la facturación digital de manera efectiva. Algunas siguen siendo reticentes, aunque sus procesos de facturación deberán adaptarse a las reglas de VERI*FACTU en los próximos meses. Otras ya se están preparando, y Stripe puede ser su socio ideal.

A la hora de considerar la posibilidad de adoptar este sistema, las empresas suelen optar por un software especializado para emitir facturas. Esta estrategia generalmente da lugar a que herramientas desconectadas se encarguen de procesar el resto, como la entrada de datos, la entrega de facturas a los clientes y el cobro de los pagos.

Por el contrario, si se trabaja con una plataforma de pagos moderna, como Stripe Payments, cada uno de estos pasos se combina en una solución completa que automatiza todo el proceso de conciliación de facturas, cobros y pagos. Luego siguen los cobros más rápidos: los clientes pagan el 87 % de las facturas de Stripe dentro de las primeras 24 horas.

Para agilizar aún más las operaciones, Stripe App Marketplace es una biblioteca de aplicaciones que se integran a la perfección en tu plataforma de pagos y se adaptan a las necesidades más específicas de tu empresa.

Una de las aplicaciones disponibles en Stripe App Marketplace es Invopop, una solución desarrollada en España cuyas funcionalidades ayudan a las organizaciones a cumplir con las reglas del país. Una de sus funciones más importantes es la plena integración en el sistema VERI*FACTU. También se alinea con la legislación regional, como TicketBAI en el País Vasco. De hecho, está catalogado como software certificado para TicketBAI por las autoridades tributarias provinciales de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa.

Por otra parte, Billit es una plataforma pionera de facturación electrónica que se centra en cumplir los distintos requisitos de facturación en todo el Espacio Económico Europeo. Billit ofrece funcionalidades automatizadas que permiten vincular la cuenta bancaria de tu empresa y simplificar la conciliación de facturas.

Preguntas frecuentes sobre el sistema VERI*FACTU

El contenido de este artículo tiene solo fines informativos y educativos generales y no debe interpretarse como asesoramiento legal o fiscal. Stripe no garantiza la exactitud, la integridad, adecuación o vigencia de la información incluida en el artículo. Si necesitas asistencia para tu situación particular, te recomendamos consultar a un abogado o un contador competente con licencia para ejercer en tu jurisdicción.

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