Guía sobre el IVA en España

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Más información 
  1. Introducción
  2. Qué son los tipos de IVA
  3. Diferentes tipos de IVA en España
    1. IVA general
    2. IVA reducido
    3. IVA superreducido
    4. Tipos de IVA en Melilla, Ceuta y las Islas Canarias
  4. IVA para autónomos y empresas
    1. IVA repercutido y soportado
  5. Casos en los que una operación está exenta de IVA
  6. Operaciones no sujetas a IVA

En España se pagan impuestos de distintos tipos: uno de los más importantes es el conocido como IVA (impuesto sobre el valor añadido). ¿No sabes qué es el IVA? Se trata de un tributo que grava no solo productos, sino también servicios, independientemente de si se han ofrecido en territorio nacional o en un país extranjero.

El IVA se considera un impuesto indirecto y se asemeja en gran medida al impuesto sobre las ventas que se aplica en los Estados Unidos. A diferencia de la mayoría de impuestos directos, el IVA no depende de la renta de cada ciudadano, sino de distintos aspectos relacionados con la transacción realizada (como el tipo de producto o servicio por el que ha pagado el cliente) que dan forma a los distintos tipos de IVA.

Aunque el IVA es un impuesto que existe en toda la Unión Europea (al que se suele hacer referencia con su denominación en inglés, «EU VAT») —y, de hecho, existen mecanismos para facilitar las declaraciones del impuesto en Europa—, cada país puede redactar sus propias normativas fiscales en materia de IVA. En este artículo, analizaremos las particularidades del IVA en España.

Esto es lo que encontrarás en este artículo:

  • Qué son los tipos de IVA
  • Diferentes tipos de IVA en España
  • IVA para autónomos y empresas
  • Casos en los que una operación está exenta de IVA
  • Operaciones no sujetas a IVA

Qué son los tipos de IVA

Los tipos de IVA son las tasas que se suman al valor total de un producto o servicio. En función de cuál sea el tipo de IVA que se aplique a un producto o servicio, el porcentaje impositivo asociado a la venta también será distinto.

Diferentes tipos de IVA en España

El 28 de diciembre del año 1992 se aprobó la Ley del IVA en España, en la que el Gobierno especificó los diferentes tipos de IVA que había en el país. Si bien es cierto que se han mantenido las tres categorías que definió la Ley del IVA (IVA general, reducido y superreducido), el porcentaje asociado a cada tipo impositivo sí ha variado. Por ejemplo, en 2012 se produjo un aumento importante en los tipos de IVA en España; es decir, aunque los porcentajes tributarios y los productos y servicios asociados a cada tipo de IVA pueden variar (y han variado) con el paso del tiempo, las tres categorías de tipos de IVA que veremos a continuación se han mantenido inmutables durante más de 30 años.

IVA general

De los tres tipos de IVA que hay en España, el general es el que se aplica con mayor frecuencia. Este impuesto grava cualquier bien o servicio que no pueda acogerse a los tipos de IVA reducidos. El tipo general de IVA en España es del 21 %.

Aunque la lista de productos y servicios a los que se aplica el tipo de IVA general en 2024 es extensísima, hemos recopilado algunos de los más habituales:

  • Automóviles (independientemente de si se adquieren recién salidos de fábrica o se recurre al mercado de ocasión)
  • Productos para realizar tareas de bricolaje, como taladros y clavos
  • Elementos para el hogar (muebles, decoraciones, electrodomésticos, etc.)
  • Bebidas (desde los zumos de frutas hasta las bebidas refrescantes azucaradas y cualquier tipo de contenido alcohólico)
  • Artículos de moda, como zapatillas deportivas y camisetas
  • Gasolina y otros carburantes
  • Productos intermedios que serán utilizados a lo largo del proceso de fabricación de cualquier tipo de artículo que vaya a venderse al consumidor final (como por ejemplo las materias primas). Conviene destacar que incluso los bienes de carácter intermedio que se emplean para elaborar cualquier tipo de material para el sector de la salud también están gravados con el tipo de IVA general
  • Servicios ofrecidos por una empresa del sector funerario
  • Eventos deportivos
  • Cualquier servicio relacionado con la estética o la belleza (salón de tatuajes, peluquería, centro de depilación, etc.)
  • Dispositivos electrónicos (como teléfonos móviles, televisores y videoconsolas)

IVA reducido

Este tipo de IVA, como su propio nombre indica, se aplica con un porcentaje menor respecto al general: de un 21 % pasamos a un 10 %. El tipo de IVA reducido puede aplicarse solamente a los servicios y productos que forman parte del siguiente listado:

  • Actividades relacionadas con la cultura (como acudir a un museo, asistir a un concierto o hacerse socio de una biblioteca)
  • Agua destinada a regar o a la alimentación tanto de seres humanos como de animales
    Sector de la restauración y la hostelería (hoteles, bares y demás)
  • Cualquier producto que se utilice con el fin de producir alimentos, no solamente para seres humanos, sino también para animales (por ejemplo, piensos)
  • Empresas suministradoras de servicios como la electricidad, el gas natural y cualquier combustible que sea de origen orgánico
  • Medios de transporte (vuelos tanto internacionales como internacionales o billetes de tren y metro, por ejemplo)
  • Artículos farmacéuticos (como tiritas, vendas y gasas)
  • Elementos que sirven para remediar problemas de visión (desde las monturas de las gafas hasta los propios cristales, las lentillas y el líquido para las mismas)
  • Obras para reformar una casa o un piso (aunque el tipo de IVA reducido solo se aplica en determinados casos, tal como indica la OCU)
  • Inmuebles (incluyendo casas, pisos, trasteros y garajes)
  • Todos aquellos artículos necesarios para llevar a cabo cualquier actividad del sector de la ganadería o la agricultura (desde fertilizantes hasta el pienso para los animales o los insecticidas)
  • Cualquier servicio para limpiar una vía, un jardín o un parque público

IVA superreducido

El tercer y último tipo de IVA en España se conoce como superreducido, y el porcentaje disminuye todavía más hasta alcanzar el 4 %. La legislación vigente determina que solo es posible aplicar esta carga impositiva tan baja a un bien que pueda considerarse de primera necesidad. La lista de artículos incluidos no es muy extensa:

  • Medicamentos destinados a seres humanos
  • Medios de comunicación en formato físico, como revistas, libros y periódicos. Para que se les pueda aplicar un IVA del 4 %, tres cuartas partes de los beneficios deben provenir de la venta de la publicación en cuestión (es decir, los ingresos por otras vías relacionadas, como la publicidad, no pueden superar el 25 % de los ingresos totales). Del mismo modo, no pueden acogerse a este tipo de IVA las publicaciones de contenido 100 % publicitario
  • Vehículos destinados a personas con movilidad reducida (PMR) o con alguna discapacidad
  • Implantes, prótesis y sillas de ruedas
  • Preservativos y productos de higiene femenina (desde salvaslips hasta compresas)
  • Viviendas de protección oficial (VPO). El tipo de IVA superreducido se aplica tanto en la compra de un inmueble subvencionado como en el alquiler cuyo documento contractual incluya una opción para adquirir posteriormente esa vivienda
  • Servicios solicitados por personas dependientes (también conocidos como «teleasistenci​​a»)

Recuerda que, a pesar de que los tres tipos de IVA no han cambiado en los últimos años (general, reducido y superreducido), los porcentajes pueden cambiar en función de las circunstancias politicosociales y del contexto económico actual. Así pues, es aconsejable consultar los tipos de IVA actuales en una fuente actualizada como la Agencia Tributaria, en la que incluso se señalan las excepciones muy específicas que están sujetas a un tipo de IVA del 0 % o del 5 %.

Stripe Tax te permite calcular y cobrar automáticamente los impuestos en todas tus transacciones de Stripe. De este modo, puedes asegurarte de aplicar siempre los tipos impositivos correctos dondequiera que se encuentren tus clientes.

Además, Stripe Tax se actualiza regularmente para reflejar cualquier cambio legislativo en materia de impuestos y realiza un seguimiento de tus obligaciones fiscales para avisarte si superas el umbral de declaración de impuestos en cualquiera de los más de 50 países donde está disponible (puedes consultar aquí las excepciones).

Tipos de IVA en Melilla, Ceuta y las Islas Canarias

Los tres tipos de IVA que hemos descrito más arriba se aplican en la mayoría del territorio español, pero en ciertas zonas no existe el impuesto sobre el valor añadido. Esto no significa que los productos y servicios no estén gravados con ningún tipo de carga impositiva, sino que, en estos casos, cambia tanto el nombre como el porcentaje y otros aspectos relevantes: hablamos del IPSI y el IGIC.

IPSI

En Melilla y Ceuta no existe el IVA. En su lugar se aplica el impuesto sobre la producción, los servicios y la importación (IPSI). Si bien todos los servicios están sometidos a dicho impuesto, en el caso de los productos solo se aplica este gravamen si la entrega la hacen los propios productores o fabricantes.

A diferencia del impuesto sobre el valor añadido, el IPSI de estas dos ciudades autónomas cuenta con seis tipos distintos. El mínimo se sitúa en un 0,5 %, mientras que el máximo alcanza el 10 %. Dichos porcentajes han ido cambiando desde que en 1991 se aprobó la ley que regula el impuesto sobre la producción, los servicios y la importación.

IGIC

Las Islas Canarias, por su parte, prescinden del IVA para aplicar su propio impuesto indirecto: el impuesto general indirecto canario (IGIC). El tipo general es del 7 %, sumándose así a la lista de otros cinco tipos distintos que van desde el 0 % hasta el 20 %. En este caso, la ley que regula el IGIC es mucho más actual que la del IPSI, puesto que se aprobó en el año 2012.

IVA para autónomos y empresas

Independientemente de si ejerces tu actividad profesional como autónomo o como empresa, para el Estado desempeñas una función que podría considerarse como recaudatoria.

Toda factura que emitas a un particular o una empresa en España ha de incluir el impuesto sobre el valor añadido. Para recaudarlo, el cliente final paga a la empresa el importe correspondiente del IVA y, después, es la empresa quien devuelve a Hacienda la cantidad de IVA percibida trimestralmente (exceptuando los profesionales de diversos ámbitos, entre ellos el formativo, artístico, financiero, aseguradoras y servicios postales o de correo). Para la devolución, hay que liquidar dicho gravamen tramitando varios modelos:

  • Modelo 303: Este documento recoge el importe del IVA soportado y repercutido durante el trimestre anterior.
  • Modelo 349: De forma similar al modelo 303, este modelo trimestral registra el impuesto sobre el valor añadido, en este caso, de carácter intercomunitario.
  • Modelo 390: En este documento ha de incluirse, a modo de resumen, la totalidad del IVA recaudado a lo largo del año.

IVA repercutido y soportado

Como hemos visto antes al hablar del modelo 303, hay dos tipos de IVA que hay que tener en cuenta y que deben verse reflejados en tus declaraciones: el IVA repercutido y el IVA soportado. Es fundamental entender las diferencias entre ambos para poder presentar los modelos correctamente.

El primero, el IVA repercutido, es el que pagan los clientes en cada factura emitida tras la venta de un producto o la prestación de un servicio. Supongamos que la facturación bruta de un negocio a lo largo de un trimestre ha alcanzado un total de 15.000 € (es decir, esa ha sido la suma de la base imponible de todas sus facturas emitidas). En tal caso, el Impuesto sobre el Valor Añadido repercutido será el 21 % de dicha cifra, si suponemos que todos los productos o servicios se incluyeran bajo el tipo de IVA general. Averiguar el total del IVA repercutido es muy sencillo si sabes cómo calcular el IVA:

15.000 € x 21 % = 3.150 €

Por otra parte, el IVA soportado es aquel que abona tanto el autónomo como la empresa a la hora de adquirir un producto o contratar un servicio necesario para llevar a cabo su actividad profesional. Al presentar su declaración trimestral, el IVA soportado se resta al repercutido para calcular la cifra final a pagar.

Retomando el ejemplo anterior de 15.000 € trimestrales de facturación, supongamos que la empresa ha tenido que comprar un par de tóners para las impresoras y una silla de oficina para poder desarrollar su actividad, sumando los tres productos un total de 400 €. El IVA soportado será el 21 % de esa cantidad, es decir, 84 €. Tras restar los 84 € de IVA soportado a los 3150 € de IVA repercutido, el importe definitivo a abonar a Hacienda será de 3066 €.

Casos en los que una operación está exenta de IVA

Ahora que ya conoces qué significa repercutir el IVA a tus clientes, has de saber que no siempre tienes la obligación de hacerlo. La Agencia Tributaria especifica los casos concretos que suponen una exención en materia de IVA. Aquí tienes un resumen de los más relevantes:

  • Donativos
  • Asistencia sanitaria
  • Formaciones
  • Alquiler de una VPO que pasará a ser la vivienda habitual
  • Loterías y apuestas (aunque en caso de ganar un premio sí habría que asumir una tributación)
  • Seguros
  • Productos de ahorro y de carácter financiero
  • Servicio postal
  • Productos alimenticios que se consideren esenciales (como el pan, las verduras, las frutas y los productos lácteos, entre otros)

Operaciones no sujetas a IVA

Si bien es cierto que en ambas operaciones no hay que pagar el impuesto sobre el valor añadido, hay una gran diferencia entre las operaciones exentas de IVA y las no sujetas a este impuesto. Aunque en las operaciones exentas no se pague el impuesto, deberás incluirlas en tu declaración trimestral del IVA (utilizando el modelo 303) porque sí representan un hecho imponible; es decir, a pesar de que deberían, aparentemente, tener asociado un tipo impositivo, la legislación vigente las incluye entre las excepciones en las que no es necesario tramitar el pago. Por el contrario, las operaciones no sujetas no suponen ningún hecho imponible por lo que no tendrás que incluirlas en tu declaración del IVA (aunque sí deberás incluirlas en el modelo 347 de operaciones con terceros). Veamos algunos ejemplos de operaciones no sujetas a IVA:

  • Muestras que se proporcionan gratuitamente, así como flyers y demás elementos publicitarios
  • Servicios prestados a coste cero para que una empresa se promocione mostrando a los potenciales clientes su funcionamiento y los resultados que proporciona
  • Pagos en especie realizados a los empleados (como la cesión de un vehículo de empresa o vales que puedan utilizar en restaurantes)
  • Prestaciones gratuitas a uno o más empleados basándose en el convenio colectivo

Como hemos visto, hay varios tipos de IVA que cambian en función de cuáles sean los productos y servicios a gravar, así como del lugar en concreto de España donde se realice la operación: Península y Baleares, Ceuta y Melilla o Islas Canarias. También existen casos en los que la operación está exenta de IVA o no sujeta a este impuesto. Y no podemos olvidar los cambios periódicos que se aplican a los tipos impositivos y a qué productos y servicios se incluyen en cada categoría: si tienes dudas sobre cómo alguna de las particularidades del IVA en España puede afectar a tu negocio, te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.

El contenido de este artículo tiene solo fines informativos y educativos generales y no debe interpretarse como asesoramiento legal o fiscal. Stripe no garantiza la exactitud, la integridad, adecuación o vigencia de la información incluida en el artículo. Si necesitas asistencia para tu situación particular, te recomendamos consultar a un abogado o un contador competente con licencia para ejercer en tu jurisdicción.

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