Regime forfettario en Italia: qué es y cómo funciona

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Más información 
  1. Introducción
  2. Qué es el régimen fiscal de tarifa plana
  3. Cómo funciona el régimen fiscal de tarifa plana
    1. Beneficio fiscal
    2. Exención de la aplicación del IVA
    3. Cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen fiscal de tarifa plana
    4. Ejemplo de cálculo de la base imponible en el régimen fiscal de tarifa plana
  4. Requisitos para acogerse al régimen fiscal de tarifa plana
    1. Requisito subjetivo
    2. Requisitos objetivos
  5. Motivos de exclusión del régimen fiscal de tarifa plana
  6. Ventajas del régimen fiscal de tarifa plana
  7. Cómo obtener un número de IVA en un régimen fiscal de tarifa plana

Para obtener un número de identificación del impuesto sobre el valor añadido (IVA) en Italia, hay que tener en cuenta varios factores. El primero es elegir el tipo de régimen fiscal más conveniente para tu negocio. Italia ofrece varios tipos de regímenes fiscales: ordinario, simplificado y de tarifa plana, aunque el régimen de impuesto mínimo aún está disponible para quienes obtuvieron un número de IVA en 2015 y cumplen los requisitos previstos. En este artículo te explicamos qué es el régimen fiscal de tarifa plana, cuáles son los requisitos para acogerse a él y qué ventajas aporta a tu negocio.

¿De qué trata este artículo?

  • Qué es el régimen fiscal de tarifa plana
  • Cómo funciona el régimen fiscal de tarifa plana
  • Requisitos para acogerse al régimen fiscal de tarifa plana
  • Motivos de exclusión del régimen fiscal de tarifa plana
  • Ventajas del régimen fiscal de tarifa plana
  • Cómo obtener un número de IVA en un régimen fiscal de tarifa plana

Qué es el régimen fiscal de tarifa plana

El régimen fiscal italiano de tarifa plana es un plan tributario preferente para las personas físicas que hacen actividades comerciales, artísticas o profesionales. El Gobierno italiano lo introdujo con la ley n.º 190/2014 y entró en vigor el 1 de enero de 2015, lo que supuso la anulación de todos los regímenes fiscales preferentes anteriores:

  • el nuevo régimen para las actividades comerciales;
  • el provechoso régimen fiscal, en vigor desde el 1 de enero de 2012, que había absorbido el régimen de impuesto mínimo;
  • el régimen contable facilitado (anteriormente, el régimen de impuesto mínimo).

El régimen fiscal de tarifa plana sirve para reducir la carga fiscal y administrativa a las empresas con pocos beneficios. Prevé un tipo fijo basado en los beneficios y una gestión contable simplificada. Vamos a examinar minuciosamente lo que supone.

Cómo funciona el régimen fiscal de tarifa plana

Beneficio fiscal

La función principal del régimen fiscal de tarifa plana es la aplicación de un impuesto sustitutivo (impuesto sobre la renta de las personas físicas o IRPEF; recargos regionales y municipales; y el impuesto regional sobre actividades productivas o IRAP) con un tipo fijo del 15 %, que se reduce al 5 % durante los primeros cinco años de actividad comercial en los siguientes casos:

  • El contribuyente no ha desempeñado ninguna actividad artística, profesional ni comercial en los tres años anteriores, ni siquiera como parte de una sociedad o un negocio familiar.
  • La actividad comercial desarrollada no constituye en modo alguno una mera continuación de otra actividad comercial realizada anteriormente por cuenta ajena o propia (excluido el período obligatorio de prácticas para el ejercicio de artes u oficios).
  • En caso de continuidad de una actividad comercial desempeñada anteriormente por otro contribuyente, el importe de los ingresos y las retribuciones correspondientes registrados en el período fiscal anterior a aquel en el que se reconoció el beneficio no excede el límite que permite acogerse al régimen.

Exención de la aplicación del IVA

Las empresas acogidas al régimen fiscal de tarifa plana están exentas de aplicar el IVA en las facturas emitidas a sus clientes. Lo único que deben hacer es añadir a las facturas el texto «Operación no sujeta a IVA en virtud del artículo 1, apartados 54-89 de la ley italiana n.º 190/2014 y las enmiendas/adiciones ulteriores».

Cotizaciones a la Seguridad Social en el régimen fiscal de tarifa plana

Aparte de los impuestos, las empresas que operan en el marco del régimen de tarifa plana deben cotizar a la Seguridad Social, como en cualquier otro régimen fiscal. En lo que respecta al pago de cotizaciones en el régimen fiscal de tarifa plana, hay tres categorías de actividades que se deben tener en cuenta:

  • Contribuyentes inscritos para la gestión independiente del INPS (Instituto Nacional Italiano de la Seguridad Social)
    La gestión independiente del INPS es para los trabajadores autónomos que no forman parte de categorías profesionales específicas. Entre ellos se incluyen, por ejemplo, los autónomos que no son miembros de ninguna asociación o cuya asociación no tiene ningún fondo privado. En este caso, el contribuyente debe registrarse para la gestión independiente del INPS con un porcentaje de cotización fijo del 26,23 % (a partir de 2023) sobre la base imponible.

  • Artesanos o minoristas
    Las empresas que pertenecen a esta categoría deben pagar cotizaciones fijas (que no dependen de la facturación y que ascienden a 4208,40 € para los artesanos y a 4292,42 € para los minoristas a partir de 2023) y cotizaciones variables. Si la base imponible supera los 17.504 €, los artesanos pagan el 24 % sobre el importe en exceso, mientras que los minoristas pagan el 24,48 %. Sin embargo, los contribuyentes englobados en esta categoría pueden beneficiarse de una reducción del 35 % en cotizaciones a la Seguridad Social por el INPS, algo que también se ha confirmado para 2024. Esta reducción no es automática, por lo que el contribuyente debe enviar una solicitud específica al INPS. El envío de una solicitud de la reducción en las cotizaciones a la Seguridad Social solo es necesario el primer año. A partir de ese momento, el beneficio fiscal se mantendrá mientras no varíen las condiciones necesarias.

  • Miembros de una asociación profesional
    Los contribuyentes acogidos a un régimen de tarifa plana que pertenecen a una asociación profesional determinada cotizan según la normativa del fondo pertinente de la Seguridad Social.

Ejemplo de cálculo de la base imponible en el régimen fiscal de tarifa plana

En este régimen, no es posible desgravar los gastos profesionales particulares para calcular la base imponible. De hecho, la deducción de los gastos es fija y la establece la ley, en función del tipo de actividad desarrollada y, por tanto, del código ATECO. Cada código ATECO corresponde a un coeficiente de rentabilidad determinado, que se indica en la tabla gestionada por la Agenzia delle Entrate (Agencia Tributaria italiana). Estos son los principales:

Después de identificar el coeficiente correspondiente a tu código ATECO, debes calcular los ingresos para el año de referencia en función del principio de caja. Esto significa que solo debes tener en cuenta los ingresos y la retribución cobrados realmente en el período impositivo específico. Si el pago de una factura se emitió a finales de 2023, pero realmente se cobró a principios de 2024, contará en los ingresos de 2024.

Para calcular la base imponible, pongamos que tienes unos ingresos brutos de 40.000 € y un coeficiente de rentabilidad del 78 %:

Base imponible = (Coeficiente de rentabilidad x Ingresos brutos)

(0,78 x 40.000 €) = 31.200 € base imponible

Por último, es importante destacar que, a partir del 1 de enero de 2024, la facturación electrónica también es obligatoria para los contribuyentes que usan el régimen fiscal de tarifa plana. Esta es una factura de ejemplo en el marco del régimen fiscal de tarifa plana. Consulta con tu contable para garantizar el pleno cumplimiento de la normativa.

Requisitos para acogerse al régimen fiscal de tarifa plana

El contribuyente debe cumplir un requisito subjetivo y dos requisitos objetivos.

Requisito subjetivo

Debes ser una persona física, desarrollar una actividad comercial, artística o profesional (incluidos los negocios familiares) y cumplir los requisitos previstos. Ni las sociedades colectivas, las sociedades anónimas, las cooperativas ni las asociaciones pueden adoptar el régimen fiscal de tarifa plana.

Requisitos objetivos

Estos requisitos son los siguientes:

  • Límite de facturación anual: debes tener un límite de facturación anual de 85.000 € (el límite anterior de 65.000 € se elevó con la ley de presupuestos de 2023). Para verificar si has excedido el límite, debes tener en cuenta el régimen contable aplicado en el año en cuestión. Si llevas a cabo varias actividades englobadas en códigos ATECO diferentes, debes sumar los ingresos y la retribución específicos relacionados con las diferentes actividades desarrolladas. Si has abierto un negocio nuevo, debes reducir el límite de 85.000 € en proporción al número de meses de actividad. Esto significa que tendrás que dividir 85.000 entre 365 (el número de días de un año completo) y multiplicar el resultado por el número de días de actividad real. Supongamos que abriste tu negocio el 1 de noviembre de 2024: el límite de compensación que debes cumplir en 2024 será de 14.205 € o (85.000 ÷ 365) x 61.
    Si rebasas el límite de 85.000 €, pero no sobrepasas los 100.000 €, permanecerás en el régimen fiscal de tarifa plana durante el año corriente. Solo tienes que pagar el impuesto sustitutivo obligatorio y puedes seguir disfrutando de simplificaciones y ventajas fiscales. Sin embargo, al año siguiente no podrás acogerte al régimen fiscal de tarifa plana, por lo que deberás adoptar el régimen ordinario. Si superas el umbral de 100.000 €, quedarás inhabilitado inmediatamente del régimen fiscal de tarifa plana y tendrás que empezar a aplicar el IVA en las siguientes facturas.

  • Límite de gasto: el límite de gasto para empleados o trabajo complementario no debe superar los 20.000 € brutos al año. El umbral incluye la retribución de empleados y colaboradores, además del reparto de beneficios para los asociados cuya contribución se limita exclusivamente a la mano de obra.

Motivos de exclusión del régimen fiscal de tarifa plana

Además de comprobar que cumples los requisitos para acogerte al régimen fiscal de tarifa plana, también debes asegurarte de que tu situación no se enmarca en algunos supuestos concretos, con una penalización de exclusión de las ventajas de este régimen fiscal. A diferencia de los requisitos de acogimiento o permanencia aplicables al régimen fiscal de tarifa plana, que hacen referencia al año anterior a aquel en que se vaya a aplicar el régimen favorable, las causas de exclusión se aplican con referencia al mismo año de aplicación del régimen, con excepción del supuesto contemplado en la letra d-bis del apartado 57.

En función de las causas de exclusión, los siguientes sujetos no pueden acogerse al régimen de tarifa plana:

  • Las personas físicas que adoptan regímenes especiales de IVA o regímenes de determinación de beneficios con tarifa plana.

  • Los no residentes en Italia. La única excepción son los que residen en alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o en un país adherido al acuerdo del Espacio Económico Europeo, que garantiza un intercambio adecuado de información, y los generan al menos el 75 % de sus beneficios totales en Italia.

  • Las partes cuyas actividades se refieren exclusiva o predominantemente a la venta de edificios o partes de ellos, terrenos edificables o nuevos medios de transporte.

  • Las partes que desarrollan actividades comerciales, artísticas o profesionales mientras participan en sociedades, asociaciones profesionales o negocios familiares, o las partes que controlan directa o indirectamente negocios de responsabilidad limitada o asociaciones de empresas conjuntas que llevan a cabo las mismas actividades económicas directa o indirectamente que los primeros.

  • Las personas físicas que desarrollan su actividad principalmente por cuenta de empresarios con los que existan o hayan existido relaciones laborales en los dos períodos impositivos anteriores, o de entidades imputables directa o indirectamente a dichos empresarios, con excepción de las personas físicas que inicien una nueva actividad tras finalizar el período obligatorio de prácticas para el ejercicio de artes u oficios.

  • Las partes que en el ejercicio anterior han obtenido unas rentas del trabajo o similares superiores a 30.000 €. Si excedes este límite, podrás acogerte al régimen si, en el ejercicio anterior, dejaste de trabajar y no iniciaste nuevas relaciones laborales ni percibiste beneficios por pensiones.

Ventajas del régimen fiscal de tarifa plana

A continuación te ofrecemos un resumen de las principales ventajas del régimen fiscal de tarifa plana:

  • El tipo impositivo está subvencionado: pagas un tipo impositivo fijo del 15 %, o bien un 5 % durante cinco años si pones en marcha un negocio nuevo.

  • El IVA no se aplica a la venta de productos y servicios: esto constituye una ventaja competitiva para las empresas con modelos de negocio de empresa a consumidor (B2C) que se adhieran al régimen fiscal de tarifa plana, ya que podrán vender su producto o servicio a un precio más barato que sus competidores.

  • Ningún requisito de mantener registros contables: no es obligatorio mantener registros contables, a diferencia del régimen fiscal ordinario.

  • Reducción del INPS para artesanos y minoristas: los artesanos y minoristas que se acogen al régimen fiscal de tarifa plana pueden solicitar una reducción del INPS del 35 %.

  • Los gastos se determinan según una tarifa plana: puede ser conveniente para las empresas que afrontan pocos costes, como los profesionales.

  • Los costes de contabilidad son más bajos: unos costes de contabilidad más bajos pueden ayudar a las empresas a destinar los recursos ahorrados a iniciativas orientadas a impulsar la expansión del negocio.

  • Exclusión de la aplicación de los códigos sintéticos de solvencia fiscal: las empresas están exentas de la aplicación de los índices sintéticos de fiabilidad tributaria, lo que alivia las obligaciones administrativas y tributarias.

Cómo obtener un número de IVA en un régimen fiscal de tarifa plana

Estos son los pasos principales para obtener un número de IVA en el régimen fiscal de tarifa plana:

  • El primer paso para obtener un número de IVA en un régimen fiscal de tarifa plana es identificar el código ATECO asociado con la actividad desarrollada, en función de la clasificación de actividades económicas (consulta la lista completa de códigos ATECO).
  • Debes rellenar el formulario AA9/12 para obtener un número de IVA, que está disponible en el sitio web de la Agencia Tributaria italiana, y seleccionar el régimen fiscal de tarifa plana.
  • Después de rellenar el formulario, puedes enviarlo de forma electrónica directamente desde el sitio web de la Agencia Tributaria o entregarlo personalmente en cualquiera de sus oficinas.
  • Una vez presentada la solicitud, debes esperar a que se te asigne el número de IVA. Este número de 11 dígitos será tu número de IVA mientras duren tus actividades comerciales. Otra opción es que recurras a un contable para que se encargue de solicitar en tu nombre un número de IVA en el marco del régimen fiscal de tarifa plana.

Si ya tienes un número de IVA en el régimen fiscal ordinario o simplificado, pero cumples los requisitos para beneficiarte del régimen de tarifa plana, la transición es aún más fácil, porque solo tienes que notificarlo a la Agencia Tributaria italiana. Esto se debe a que el régimen de tarifa plana se considera un régimen natural. Lo único que tienes que hacer es empezar a llevar las cuentas y emitir facturas según los métodos definidos para este régimen.

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