A la hora de registrarte para obtener un número de IVA en Italia, hay que tener en cuenta varios elementos. El primero es elegir el tipo de régimen fiscal más adecuado para tu empresa. Italia ofrece varios tipos de regímenes fiscales: ordinario, simplificado y a tanto alzado (aunque, en el caso de quienes se registraron para obtener un número de IVA en 2015 y cumplen con ciertos requisitos específicos, todavía está disponible el llamado régimen fiscal mínimo ). En este artículo, descubrirás en qué consiste el régimen fiscal a tanto alzado, cuáles son los requisitos para acceder a él y qué ventajas puede aportar a tu empresa.
¿Qué contiene este artículo?
- Qué es el régimen fiscal a tanto alzado
- Régimen fiscal a tanto alzado: cómo funciona
- Requisitos para acceder al régimen fiscal a tanto alzado
- Motivos de exclusión del régimen fiscal a tanto alzado
- Ventajas del régimen fiscal a tanto alzado
- Cómo registrarse para obtener un número de IVA en un régimen fiscal a tanto alzado
¿Qué es el régimen fiscal a tanto alzado?
El régimen fiscal a tanto alzado italiano es un régimen fiscal preferencial diseñado para las personas físicas que desarrollan actividades empresariales, artísticas o profesionales. El Gobierno italiano lo introdujo con la Ley n.º 190/2014 y entró en vigor el 1 de enero de 2015, anulando todos los regímenes fiscales preferenciales anteriores:
- El nuevo régimen de actividades empresariales
- El régimen fiscal ventajoso, en vigor desde el 1 de enero de 2012, que había absorbido al régimen fiscal mínimo
- El régimen contable facilitado (antiguamente, régimen fiscal mínimo)
El régimen fiscal a tanto alzado sirve para reducir la carga fiscal y administrativa de las empresas con ganancias limitadas. Prevé una tasa fija que se establece en función de las ganancias y simplifica la gestión contable. Veamos más en detalle lo que implica.
Régimen fiscal a tanto alzado: cómo funciona
Desgravación fiscal
La principal funcionalidad del régimen fiscal a tanto alzado es la aplicación de un impuesto sustitutivo (impuesto sobre la renta de las personas físicas o IRPEF; recargos regionales y municipales; e impuesto regional sobre actividades económicas o IRAP) con una tasa fija del 15 %, que desciende al 5 % durante los cinco primeros años de actividad de la empresa en los siguientes casos:
- Si el contribuyente no ejerció ninguna actividad artística, profesional o comercial durante los tres años anteriores, ni siquiera de forma de sociedad o familiar.
- Si la actividad comercial realizada no constituye en ningún caso una mera continuación de otra actividad comercial realizada anteriormente como trabajo por cuenta ajena o propia (excluido el período de prácticas obligatorio para el ejercicio profesional o de las artes).
- Si una actividad comercial realizada anteriormente por otro contribuyente continúa y el importe de los ingresos y remuneraciones correspondientes registrados en el período impositivo anterior a aquel en el que se reconoció el beneficio no supera el límite que permite acceder al régimen.
Exención de la aplicación del IVA
Las empresas que participan en el régimen fiscal a tanto alzado están exentas de aplicar el IVA en las facturas a sus clientes. Lo único que tienen que hacer es añadir en sus facturas la mención “Operación no sujeta al IVA de conformidad con el artículo 1, apartados 54-89 de la Ley italiana n.º 190/2014 y sus modificaciones o adiciones posteriores”.
Contribuciones a la seguridad social en el régimen de tasa impositiva a tanto alzado
Además de los impuestos, las empresas que operan bajo el régimen de tanto alzado deben pagar contribuciones a la seguridad social, como en cualquier otro régimen fiscal. En lo que respecta al pago de las contribuciones bajo el régimen fiscal a tanto alzado, hay que tener en cuenta tres categorías de actividades:
Contribuyentes inscritos en la gestión separada del INPS (Instituto Nacional de la Seguridad Social italiano)
La gestión separada del INPS afecta a los trabajadores autónomos que no forman parte de categorías profesionales específicas. Se trata, por ejemplo, de los autónomos que no están afiliados a una asociación o cuya asociación no dispone de un fondo privado. En este caso, el contribuyente debe inscribirse en la gestión separada del INPS con un porcentaje fijo de contribución del 26,23 % (a partir de 2023) aplicado a los ingresos sujetos a impuestos.Artistas o minoristas
Las empresas que entran en esta categoría deben pagar contribuciones fijas, que no dependen de la facturación y ascienden a €4208.40 en el caso de los artesanos y a €4292.42 en el de los comerciantes minoristas a partir de 2023, y contribuciones variables. Si los ingresos sujetos a impuestos superan los €17,504, los artesanos pagan un 24 % sobre el importe excedente, mientras que los comerciantes minoristas pagan un 24.48 %. Sin embargo, los contribuyentes que entran en esta categoría pueden beneficiarse de una reducción del 35 % de las contribuciones a la seguridad social del INPS, que también se confirmó para 2024. Esta reducción no es automática, por lo que el contribuyente debe presentar una solicitud específica al INPS. La presentación de una solicitud de reducción de las cotizaciones a la seguridad social solo es necesaria el primer año. A partir de ese momento, la desgravación se mantendrá mientras no se modifiquen las condiciones necesarias.Miembros de una asociación profesional
Los contribuyentes a tanto alzado que pertenecen a una determinada asociación profesional pagan contribuciones según la reglamentación de la caja de seguridad social correspondiente.
Ejemplo de cálculo de la base imponible en el régimen fiscal a tanto alzado
En el régimen fiscal a tanto alzado, no es posible deducir los gastos profesionales particulares al momento de calcular la base imponible. En su lugar, la deducción de los gastos está fijada y establecida por ley, en función del tipo de actividad que se ejerza y, por tanto, del código ATECO del contribuyente. Cada código ATECO corresponde a un coeficiente de rentabilidad determinado, que figura en la tabla de la Agenzia delle Entrate (Agencia Tributaria Italiana). Los principales son los siguientes:
Empresa
|
Código ATECO
|
Coeficiente de rentabilidad
|
---|---|---|
Comercio mayorista y minorista | 45 - (de 46.2 a 46.9) - (de 47.1 a 47.7) - 47.9 | 40 % |
Construcción y actividades inmobiliarias | (41-42-43) - (68) | 86 % |
Actividades de alojamiento y de servicios de catering | (55-56) | 40 % |
Actividades profesionales, científicas, técnicas, sanitarias, educativas, financieras y de servicios de seguros | (64-65-66) - (69-70-71-72-73-74-75) - (85) - (86-87-88) | 78 % |
Una vez identificado el coeficiente correspondiente a tu código ATECO, deberás calcular los ingresos del ejercicio de referencia en función del principio de caja. Esto significa que debes tener en cuenta únicamente los ingresos y remuneraciones en efecto cobrados en el período impositivo concreto. Si el pago de una factura se emitió a finales de 2023, pero se cobró en realidad a principios de 2024, contará entre los ingresos de 2024.
Para hallar los ingresos sujetos a impuestos, supongamos que tienes unos ingresos brutos de €40,000 y un coeficiente de rentabilidad del 78 %:
Ingresos sujetos a impuestos = (Coeficiente de rentabilidad x Ingresos brutos)
(0.78 x €40,000) = €31,200 en ingresos sujetos a impuestos.
Por último, es importante señalar que, a partir del 1 de enero de 2024, la facturación electrónica también es obligatoria para los contribuyentes que se acojan al régimen fiscal a tanto alzado. He aquí un ejemplo de factura bajo el régimen fiscal a tanto alzado. Asegúrate de consultar a tu contador para garantizar el pleno cumplimiento de la normativa.
Requisitos para acceder al régimen fiscal a tanto alzado
Para poder acceder al régimen de tanto alzado, el contribuyente debe cumplir un requisito subjetivo y dos objetivos.
Requisitos subjetivos
Debes ser una persona física que ejerza una actividad empresarial, artística o profesional (incluidas las empresas familiares) y cumpla con los requisitos establecidos. Las sociedades colectivas, las sociedades anónimas, las cooperativas y las asociaciones no pueden adoptar el régimen a tanto alzado.
Requisitos objetivos
Los requisitos objetivos para acceder al régimen fiscal a tanto alzado son los siguientes:
Límite de facturación anual:debes tener un límite de facturación anual de €85,000 (En la Ley de Presupuestos de 2023, se elevó el límite anterior de €65,000). Para comprobar si superaste el límite, debes tener en cuenta el régimen contable aplicado en el año en cuestión. Si ejerces varias actividades bajo diferentes códigos ATECO, debes sumar los ingresos o las remuneraciones específicos relacionados con ellas. Si abriste una nueva empresa, deberás reducir el límite de €85,000 en proporción al número de meses de actividad. Esto significa que tendrás que dividir 85,000 por 365 (el número de días de un año completo) y multiplicar el resultado por el número de días de actividad real. Supongamos que pusiste en marcha la nueva empresa el 1 de noviembre de 2024: el límite de compensación que deberás cumplir en 2024 será, por lo tanto, de €14,205, es decir, (85,000 ÷ 365) x 61.
Si superas el límite de €85,000, pero no sobrepasas los €100,000, seguirás dentro del régimen fiscal a tanto alzado durante el año en curso. Solo tienes que pagar el impuesto sustitutivo exigido y podrás seguir disfrutando de las simplificaciones y desgravaciones fiscales. Sin embargo, al año siguiente, no podrás acogerte al régimen fiscal a tanto alzado y tendrás que adoptar el régimen ordinario. Si superas el umbral de €100,000, quedarás inmediatamente excluido del régimen fiscal a tanto alzado y tendrás que empezar a aplicar el IVA a partir de las facturas siguientes.Límite de gasto: el límite de gasto para empleados o trabajo auxiliar no debe superar los €20,000 brutos al año. El límite incluye la remuneración de los empleados y colaboradores, así como la participación en los beneficios de los asociados que solo aportan mano de obra.
Motivos de exclusión del régimen fiscal a tanto alzado
Además de comprobar que cumples con los requisitos para acceder al régimen fiscal a tanto alzado, también debes asegurarte de no incurrir en algunos casos específicos, bajo pena de exclusión de los beneficios de este régimen fiscal. A diferencia de los requisitos de acceso al régimen fiscal a tanto alzado, o de permanencia en él, que hacen referencia al año anterior a aquel en que debe aplicarse el régimen favorable, las causas de exclusión se aplican al mismo año en el que se solicita el acceso al régimen, con la excepción del supuesto al que se hace referencia en la letra d-bis del apartado 57.
Según las causas de exclusión, los siguientes sujetos no pueden acceder al régimen a tanto alzado:
Las personas físicas que adopten regímenes especiales a efectos del IVA o regímenes de determinación a tanto alzado de los ingresos.
Partes que no residan en Italia. La única excepción es la de quienes residan en uno de los Estados miembros de la Unión Europea o en un país adherido al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, que garantiza el intercambio adecuado de información, y quienes generen al menos el 75 % de sus ingresos totales en Italia.
Partes cuyas actividades se refieran exclusiva o predominantemente a la venta de edificios o partes de estos, de terrenos edificables o de medios de transporte nuevos.
Las partes que realizan actividades empresariales, artísticas o profesionales mientras participan en sociedades, asociaciones profesionales o empresas familiares, o las partes que controlan directa o indirectamente empresas de responsabilidad limitada o asociaciones conjuntas, que realizan las mismas actividades económicas que las anteriores de manera directa o indirecta.
Las personas físicas que ejerzan su actividad principalmente para empleadores con los que mantengan relaciones laborales o las hayan mantenido en los dos períodos impositivos anteriores, o para entidades que puedan atribuirse de manera directa o indirecta a dichos empleadores, con excepción de los particulares que inicien una nueva actividad tras haber completado el período de prácticas obligatorio para el ejercicio profesional o de las artes.
Quienes en el año anterior hayan percibido ingresos por trabajo o cuestiones similares por importes superiores a €30,000. Si superas este límite, aún podrás acceder al régimen si durante el año anterior dejaste de trabajar por cuenta ajena y no estableciste nuevas relaciones laborales ni percibiste ingresos por pensiones.
Ventajas del régimen fiscal a tanto alzado
A continuación, se resumen las principales ventajas del régimen fiscal a tanto alzado:
La tasa impositiva está bonificada: pagas una tasa impositiva fija del 15 % o del 5 % durante cinco años si inicias una nueva empresa.
No se aplica el IVA a la venta de productos y servicios: esto constituye una ventaja competitiva para los negocios empresa a consumidor (B2C) que se adhieran al régimen fiscal a tanto alzado, ya que podrán vender su producto o servicio a un precio más barato en comparación con la competencia.
No es obligatorio llevar registros contables: no es obligatorio llevar registros contables, a diferencia de lo que ocurre en el régimen fiscal ordinario.
Reducción del INPS para artesanos y comerciantes minoristas: los artesanos y comerciantes minoristas que se adhieran al régimen fiscal de tanto alzado pueden solicitar una reducción del INPS del 35 %.
Los gastos se determinan a tanto alzado: Esto podría ser conveniente para empresas que incurren en pocos gastos, como es el caso de los profesionales.
Los costos contables son más bajos: los costos contables más bajos pueden ayudar a las empresas a destinar los recursos que se ahorran a iniciativas dirigidas al crecimiento de comercial.
Exclusión de la solicitud de los ISA: las empresas quedan excluidas de la solicitud de índices sintéticos de fiabilidad fiscal, lo que facilita todo lo relacionado con las obligaciones administrativas y fiscales.
Cómo registrarse para obtener un número de IVA en un régimen fiscal a tanto alzado
Estos son los principales pasos para darse de alta a fin de obtener un número de IVA en el régimen fiscal a tanto alzado:
- El primer paso para darse de alta en un número de IVA en el régimen fiscal a tanto alzado es identificar el código ATECO asociado a la actividad desarrollada, en función de la clasificación de actividades económicas (explora la lista completa de códigos ATECO).
- A continuación, deberás completar el formulario AA9/12 para registrarte y obtener un número de IVA, que se encuentra disponible en la página web de la Agencia Tributaria italiana, y seleccionar el régimen fiscal a tanto alzado.
- Luego de completar el formulario, puedes enviarlo de forma electrónica a través del sitio web de la Agencia Tributaria italiana o, alternativamente, puedes acudir en persona a una de sus oficinas.
- Después de enviar la solicitud, tendrás que esperar a que se te asigne el número de IVA. Este número de 11 dígitos será tu número de IVA durante toda la actividad empresarial. Como alternativa, puedes designar a un contador que realice el trámite de solicitud de un número de IVA en el régimen a tanto alzado en tu nombre.
Si ya te registraste para obtener un número de IVA en el régimen fiscal ordinario o simplificado, pero cumples con los requisitos para obtener los beneficios del régimen fiscal a tanto alzado, la transición es aún más fácil: no tendrás que notificarlo a la Agencia Tributaria italiana. Esto se debe a que el régimen a tanto alzado se considera un régimen natural. Todo lo que tienes que hacer es empezar a llevar las cuentas y a emitir facturas según los métodos definidos para este régimen.
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El contenido de este artículo tiene solo fines informativos y educativos generales y no debe interpretarse como asesoramiento legal o fiscal. Stripe no garantiza la exactitud, la integridad, adecuación o vigencia de la información incluida en el artículo. Si necesitas asistencia para tu situación particular, te recomendamos consultar a un abogado o un contador competente con licencia para ejercer en tu jurisdicción.