Devolución del IVA en España

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Más información 
  1. Introducción
  2. ¿Qué es la devolución del IVA?
  3. Plazos para la devolución del IVA en España
    1. Solicitud de la devolución del IVA
    2. Devolución del importe
  4. Solicitar la devolución del IVA paso a paso
  5. Cómo saber el estado de la devolución del IVA
  6. Compensación: la alternativa a la devolución del IVA
    1. Pros de la compensación del IVA
    2. Contras de la compensación del IVA/devoluciones/devoluciones
    3. Pros de la devolución del IVA
    4. Contras de la devolución del IVA

El IVA (impuesto sobre el valor añadido) es uno de los impuestos más comunes que deben abonar las empresas españolas y del resto de la UE (donde se le conoce habitualmente con sus siglas inglesas «EU VAT»). Si bien es cierto que hay algunas operaciones no sujetas a IVA, la mayoría de las ventas tanto de productos como de servicios sí exigen el pago de este impuesto.

El IVA es un impuesto indirecto, por lo que no se paga directamente a la Agencia Tributaria, sino que es la empresa que realiza la venta quien recauda el impuesto de sus clientes tras cada transacción para después abonar el importe acumulado en una única declaración.

Antes de hablar del posible resultado de la declaración del IVA, es importante introducir la terminología que utiliza la AEAT para diferenciar el IVA pagado del IVA cobrado: cuando la empresa recauda de sus clientes un porcentaje de la venta en concepto del impuesto, hablamos de «IVA repercutido»; cuando la empresa paga un porcentaje de IVA en las compras de los bienes y servicios que necesita para el buen funcionamiento del negocio, hablamos de «IVA soportado». En algunas ocasiones, al presentar la declaración del IVA, la diferencia entre el IVA repercutido y el soportado arroja un resultado negativo; es decir, la empresa ha pagado más IVA del que ha recaudado y, en ese caso, la AEAT le adeuda esa diferencia. Cuando esto sucede, la empresa puede elegir entre solicitar la compensación o la devolución del IVA: en esta guía analizaremos al detalle el funcionamiento de esta última opción, qué supone para tu negocio y las ventajas y desventajas que ofrece frente a la compensación del IVA.

Nota: Aunque en esta guía hacemos referencia frecuentemente a «la empresa», el proceso de devolución del IVA funciona igual independientemente de la forma jurídica que tome el negocio. Es decir, las obligaciones y las ventajas de la devolución del IVA te afectarán de forma idéntica tanto si gestionas una sociedad como si eres un trabajador autónomo.

Esto es lo que encontrarás en este artículo:

  • ¿Qué es la devolución del IVA?
  • Plazos para la devolución del IVA en España
  • Solicitar la devolución del IVA paso a paso
  • Cómo saber el estado de la devolución del IVA
  • Compensación: la alternativa a la devolución del IVA

¿Qué es la devolución del IVA?

La devolución del IVA es un proceso que lleva a cabo la AEAT y que debe solicitar una empresa en España con el objetivo de recuperar el excedente de IVA, es decir, la cantidad que ha pagado de más durante el último período impositivo. Esta situación se produce porque las empresas ejercen una figura recaudadora del impuesto sobre el valor añadido y, a veces, pueden haber cobrado a sus clientes menos IVA del que han pagado al comprar productos o contratar servicios necesarios para el desarrollo de su actividad.

En definitiva, si has pagado una cantidad de IVA que supera a la recaudada por tu empresa, la AEAT está obligada a devolverte esa cantidad (aunque también se puede optar por solicitar una compensación del importe, tal como veremos más adelante).

Plazos para la devolución del IVA en España

Cuando hablamos de plazos para la devolución del IVA en España, tenemos que distinguir entre dos gestiones completamente distintas: la primera (la solicitud) la tramita la empresa, mientras que la segunda (la propia devolución) tiene lugar por parte de la AEAT tras haberse aprobado la solicitud inicial.

Solicitud de la devolución del IVA

El plazo para tramitar la solicitud de la devolución del IVA empieza el 1 de enero y finaliza el día 30 del mismo mes, coincidiendo con la declaración del IVA del cuarto trimestre que se presenta a través del modelo 303. Si no solicitas la devolución durante ese período —en el próximo apartado te detallamos el proceso paso a paso—, no podrás volver a hacerlo hasta el próximo ejercicio fiscal.

Eran muchas las empresas en España que creían que, si no solicitaban la devolución en una autoliquidación del IVA, disponían de solo de cuatro años para llevar a cabo el trámite y que, tras ese período, perdían la posibilidad de reclamar el importe adeudado. Sin embargo, el 23 de diciembre de 2010, una sentencia del Tribunal Supremo estableció la jurisprudencia al respecto, determinando que la caducidad solo hace referencia a la compensación del IVA, no a la devolución.

Devolución del importe

El plazo para la devolución del importe es de medio año a partir del último día en que se puede presentar la autoliquidación del IVA del cuarto trimestre (que, actualmente, es el 30 de enero). Es decir, la AEAT está obligada a hacer efectiva la devolución antes del 30 de julio. Si la devolución del importe no se hace efectiva antes de esa fecha, la Agencia Tributaria ha de asumir unos intereses de demora (lo hace de oficio, sin necesidad de que la empresa tenga que reclamarlos), siempre y cuando la causa sea imputable a la propia Administración.

Solicitar la devolución del IVA paso a paso

Si bien el proceso para la devolución del IVA no es excesivamente complicado, es mucho menos intuitivo que solicitar su compensación. Para hacerte el proceso un poco más ágil, te hemos preparado una guía paso a paso que te ayudará a recuperar la cantidad de IVA que pagaste de más.

  1. Descarga el modelo 303 en formato PDF a través de la página web de la Agencia Tributaria y preséntalo telemáticamente. Para ello, identifícate con tu Cl@ve PIN, DNIe o Certificado Digital. Si prefieres entregarlo presencialmente, tendrás que ir a una oficina de la AEAT.
  2. Rellena las casillas que describimos en la guía de la declaración trimestral del IVA.
  3. Para saber si el resultado de la autoliquidación es negativo y te corresponde una devolución del IVA, fíjate en la casilla 71. Si la cifra es negativa, dirígete a la sección 6 del modelo 303.
  4. En la casilla 73, introduce el importe que debe transferirte la Agencia Tributaria. Para que se haga efectiva esa transferencia, indica en las casillas de la parte inferior cuál es el código SWIFT-BIC y el código IBAN de tu cuenta bancaria.
  5. Rellena el resto de casillas como harías con cualquier autoliquidación del IVA y presenta el modelo tributario. Tras hacerlo, habrás solicitado la devolución del IVA.
  6. La AEAT dispone de seis meses para validar tu solicitud y hacer efectiva la devolución del importe siempre que todos los datos que hayas aportado sean correctos.

Para asegurarte de haber cobrado siempre la cantidad adecuada de IVA en tus transacciones y simplificar el proceso de declaración, resulta muy útil trabajar con una herramienta de automatización fiscal como Stripe Tax. Además de calcular y cobrar automáticamente el IVA de tus ventas, Tax te permite generar informes con los impuestos que has recaudado para que puedas comprobar fácilmente si te corresponde una devolución. Además, Tax se actualiza periódicamente para garantizar que sigas aplicando la cantidad correcta de impuestos en los más de 50 países donde está disponible siempre que se actualicen las normativas y cambien los tipos impositivos (puedes consultar aquí la lista de territorios excluidos).

Cómo saber el estado de la devolución del IVA

Para consultar el estado actual de la devolución del IVA, simplemente accede a tu área personal de la Sede Electrónica de la AEAT y luego haz clic en «Mis expedientes». Solo podrás ver la información si previamente te identificas personalmente o lo hace un apoderado al trámite. Además del estado de tramitación, se mostrarán otros datos relevantes:

  • Persona consultada: Podrás ver el nombre de la persona física o jurídica haciendo clic en el enlace que aparece en la parte derecha.
  • Ejercicio: Año fiscal del que se ha solicitado la devolución del IVA.
  • Expediente: Código identificador asociado al trámite del que consultas el estado.
  • Órgano gestor: Delegación de la AEAT que se encarga de tramitar la devolución del IVA.
  • Historial del expediente: Modelo tributario en el que solicitaste la devolución del IVA. El enlace a dicho documento aparece junto a la fecha en la que llevaste a cabo el trámite.
  • Estado de tramitación: Información relativa al estado en el que se encuentra actualmente la devolución del IVA. Lo más habitual es que, durante unos cuantos meses (en la mayoría de casos, menos de medio año), aparezca la siguiente frase: «Su expediente se está tramitando». Si los datos son correctos, tarde o temprano el estado de tramitación cambia y se muestra un mensaje en el que la AEAT da a conocer que ha admitido el trámite y efectuará el correspondiente pago.

Compensación: la alternativa a la devolución del IVA

En caso de que la declaración del IVA tenga un resultado negativo, no tienes por qué solicitar la devolución. Si lo prefieres, puedes optar por solicitar una compensación en tus próximas declaraciones: es decir, si un ejercicio posterior arroja un resultado positivo, se descontará de ese importe la cantidad que no te devolvió Hacienda anteriormente.

Recuerda que dispones de cuatro años para decidir si prefieres solicitar la devolución o la compensación del IVA. Si no sabes por qué opción decantarte, vamos a ayudarte detallando los pros y contras de cada una de ellas para que puedas tomar una decisión más fundamentada.

Pros de la compensación del IVA

  • Burocráticamente, la gestión es mucho más sencilla y rápida.
  • Resulta de gran ayuda para períodos de facturación muy elevada en los que recaudas mucho IVA. Por ejemplo, si tu negocio es de naturaleza estacional, solicitar la compensación del IVA te puede evitar tener que hacer un pago de alto importe después del trimestre en el que se concentran la mayor parte de tus ingresos.

Contras de la compensación del IVA/devoluciones/devoluciones

  • Si transcurren cuatro años sin hacer el trámite para solicitar la compensación del IVA, no es posible pedirle a la AEAT que compense ese excedente en un futuro.
  • El excedente no se recupera de forma directa, sino que se utiliza en próximas declaraciones a modo de descuento para pagar menos IVA.

Pros de la devolución del IVA

  • El excedente se recupera directamente con una transferencia que hace efectiva la AEAT.
  • Las autoliquidaciones del IVA resultan más sencillas: como el importe acumulado ya se habrá devuelto, no tendrás que especificar importes a compensar y tendrás que rellenar menos datos (esta ventaja se evidencia sobre todo con las devoluciones mensuales).

Contras de la devolución del IVA

  • Como hemos visto antes, la Agencia Tributaria suele tardar meses en tramitar la devolución del IVA.
  • Salvo en los casos muy excepcionales en que se cumplen los requisitos para la devolución mensual del IVA, solo podrás tramitar la devolución durante tu declaración del cuarto trimestre, es decir, entre el 1 y el 30 de enero.
  • Solo se da el visto bueno a la devolución del IVA si otros trimestres de un mismo año arrojaron un resultado negativo.
  • En algunos casos, la solicitud de la devolución del IVA implica que la Agencia Tributaria realice una inspección de la empresa. Es importante que los datos presentados a la hora de solicitar la devolución del IVA sean perfectamente precisos para no tener problemas en estos casos.

Como acabamos de ver, la compensación tiene menos contras que la devolución del IVA. Aun así, este último trámite lo llevan a cabo muchas empresas en España, sobre todo si suelen tener un IVA soportado mayor al IVA repercutido, van a poner fin a su actividad profesional o quieren tener un mayor control de su capacidad financiera. Si tienes alguna duda sobre cómo alguno de los matices de esta solicitud puede afectar a tu caso particular, te recomendamos que lo consultes con tu asesor fiscal.

El contenido de este artículo tiene solo fines informativos y educativos generales y no debe interpretarse como asesoramiento legal o fiscal. Stripe no garantiza la exactitud, la integridad, adecuación o vigencia de la información incluida en el artículo. Si necesitas asistencia para tu situación particular, te recomendamos consultar a un abogado o un contador competente con licencia para ejercer en tu jurisdicción.

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