18 de junio de 2016, la Gazetta Ufficiale publicó la Ley 106/2016. Esta ley le otorgó al gobierno la autoridad para reformar el Tercer Sector mediante la emisión de varios decretos, incluido el Código del Tercer Sector (Decreto Legislativo 117/2017). Entre las nuevas medidas introducidas por esta reforma se encuentra el Bono Social, un crédito fiscal disponible para los contribuyentes que realicen conaciones a Entidades del Tercer Sector (ETS) en proyectos de restauración de bienes muebles e inmuebles. En este artículo te explicaremos qué es el Bono Social, cómo funciona y cuáles son los requisitos para acceder a él.
¿Qué contiene este artículo?
- ¿Qué es el Bono Social?
- ¿Quiénes reúnen los requisitos para el crédito fiscal del Bono Social?
- ¿Cómo funciona este crédito fiscal?
- ¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para las Entidades del Tercer Sector?
- ¿Cuáles son los requisitos de cumplimiento para las Entidades del Tercer Sector?
¿Qué es el Bono Social?
El artículo 81 del Código del Tercer Sector describe el Bono Social, con lineamientos operativos establecidos por el decreto número 89 del 23 de febrero de 2022. De esta manera, se otorgan créditos a los contribuyentes sobre las donaciones realizadas a las ETS que lleven a cabo proyectos destinados a la restauración de bienes públicos en desuso, y bienes muebles e inmuebles incautados a la delincuencia organizada.
¿Quiénes reúnen los requisitos para el crédito fiscal del Bono Social?
Los siguientes grupos reúnen los requisitos para el crédito fiscal del Bono Social:
- Particulares
- Entidades que no se dedican a actividades comerciales
- Todas las empresas, independientemente de su estructura legal, el sector en el que operen o el sistema contable que utilicen
¿Cómo funciona este crédito fiscal?
De acuerdo con el artículo 4 del decreto, el monto del crédito fiscal difiere según el tipo de contribuyente, equivalente a:
- 65 % para donaciones benéficas realizadas por particulares dentro del límite del 15 % de los ingresos imponibles
- 50 % para donaciones benéficas realizadas por empresas dentro de los límites del cinco por mil de los ingresos anuales
- 50 % para donaciones realizadas por entidades no comerciales dentro de los límites del 15 % de los ingresos imponibles
La autoridad fiscal divide el crédito del Bono Social en tres cuotas anuales iguales, y los particulares y las entidades no comerciales pueden comenzar a usarlo, comenzando con la declaración de impuestos del año en el que hicieron una donación elegible. Cualquier cuota anual no utilizada se transfiere a las declaraciones de impuestos posteriores de períodos futuros hasta que uses el monto total de tu crédito fiscal.
Las personas con ingresos comerciales pueden utilizar el crédito para fines de compensación a partir del período impositivo posterior a su donación presentando el formulario F24 exclusivamente a través de los servicios en línea proporcionados por la Agencia Tributaria italiana (Agenzia delle Entrate).
Los contribuyentes califican para el Bono Social solo si realizan contribuciones utilizando métodos de pago que se puedan rastrear. Además, la descripción del pago debe contener una referencia al bono, el ETS destinatario y el propósito de la donación.
El crédito fiscal no cuenta para el cálculo de las ganancias a efectos del impuesto a los ingresos, ni afecta el valor de la producción para el impuesto regional italiano sobre actividades productivas (IRAP).
Los contribuyentes solo pueden realizar donaciones de caridad en virtud del Bono Social a ETS que hayan presentado un proyecto al Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales para recuperar bienes inmuebles públicos no utilizados y bienes muebles confiscados a la delincuencia organizada. Este ministerio debe aprobar primero estos proyectos, y las entidades que reúnan los requisitos deben asignar activos a la ETS especificada, que debe utilizarlos exclusivamente para actividades no comerciales de interés general.
Mantenerse al día con las normativas fiscales en constante cambio puede ser un desafío para tu empresa. Herramientas como Stripe Tax pueden simplificar el cumplimiento al generar informes detallados útiles para la presentación de declaraciones y la correcta aplicación de créditos fiscales, como los del Bono Social.
¿Cuáles son los requisitos de elegibilidad para las Entidades del Tercer Sector?
Los requisitos para que las ETS participen en el proceso de identificación de proyectos de recuperación elegibles para el Bono Social son los siguientes:
- Estado tal como se indica en el párrafo 1 del artículo 4 del Código del Tercer Sector
- El representante legal de la entidad debe tener la autoridad adecuada para presentar el proyecto
- No deben existir causales de prohibición, suspensión o inhabilitación relacionadas con las medidas preventivas personales, tal como se especifica en el artículo 67 del Decreto Legislativo N.° 159 del 6 de septiembre de 2011, relativo al representante legal y a los miembros de los órganos de gobierno de la entidad
- La entidad debe cumplir con sus obligaciones de contribución
- La entidad debe estar al día con sus obligaciones relacionadas con el pago de impuestos y tasas
- La entidad debe cumplir con las obligaciones de seguro para voluntarios según lo especificado en el artículo 18 del Decreto Legislativo 117/17
- La transferencia exitosa de la propiedad a la entidad
Todas las entidades asociadas involucradas deben cumplir con estos requisitos.
Calificación como entidad del tercer sector
Dado que los particulares o las empresas interesadas en el crédito fiscal del Bono Social deben asegurarse de que los beneficiarios de sus donaciones califiquen como ETS, te preguntarás: ¿a partir de qué momento la entidad proponente debe tener este estado? El Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales publicó una política el 23 de abril de 2024 que aclara esta cuestión.
La política anterior explica que la posición del beneficiario como ETS es importante para el uso legítimo del crédito por parte de los contribuyentes que realizan contribuciones a dichas entidades. Así, el beneficiario deberá tener este estado tanto al momento de la solicitud como en la fecha de adopción de la medida por la que se apruebe la lista de proyectos de recuperación que reúnen los requisitos para el Bono Social. Las partes implicadas deberán mantener esta condición durante todo el periodo de ejecución del proyecto de recuperación.
¿Cuáles son los requisitos de cumplimiento para las Entidades del Tercer Sector?
Para permitir que los particulares o las entidades jurídicas que realicen donaciones se beneficien del Bono Social, las ETS que propongan proyectos de recuperación y restauración deberán postularse ante el Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales (Dirección General del Tercer Sector y Responsabilidad Social de las Empresas) en una de las tres fechas anuales: 15 de enero, 15 de mayo o 15 de septiembre.
Para postularse, deben completar el documento requerido en el portal ministerial. Se puede acceder al portal con las credenciales de SPID, CIE o eIDAS, adjuntando el formulario necesario, según lo previsto. Especialmente, se debe adjuntar lo siguiente a la presentación:
- Declaraciones sustitutas efectuadas de conformidad con los artículos 46 y 47 del Decreto Presidencial N.° 445 del 28 de diciembre de 2000, que acrediten el cumplimiento de los requisitos para acceder al bono estatal mencionado en el párrafo anterior
- Estatutos de la entidad proponente y de cualquier entidad asociada
- Último presupuesto aprobado de la entidad proponente y de la entidad asociada, si la hubiera.
- Declaración de sociedad colectiva, si corresponde
- Al menos dos fotografías del inmueble en cuestión
- Licencia de transferencia del activo
- Estado de costos estimados
- Cronograma de las actividades del proyecto
Una vez aprobado el proyecto de Bono Social, la entidad proponente deberá presentar informes al Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales cada tres meses, detallando las donaciones individuales recibidas durante ese trimestre. Además de informar el monto de las donaciones, se debe divulgar públicamente información sobre cómo se asignan y utilizan los fondos a través del sitio web institucional.
El Ministerio de Trabajo y Políticas Sociales proporciona un manual para las ETS con toda la información necesaria para postularse como beneficiarios de proyectos de recuperación en virtud del Bono Social.
El contenido de este artículo tiene solo fines informativos y educativos generales y no debe interpretarse como asesoramiento legal o fiscal. Stripe no garantiza la exactitud, la integridad, adecuación o vigencia de la información incluida en el artículo. Si necesitas asistencia para tu situación particular, te recomendamos consultar a un abogado o un contador competente con licencia para ejercer en tu jurisdicción.