En España, según los datos más recientes del INE, hay más de 3.300.000 profesionales autónomos. Si bien la mayoría (aproximadamente, seis de cada diez) de autónomos en España son personas físicas que trabajan por cuenta propia, las estadísticas de 2019 de la Asociación de Trabajadores Autónomos (ATA) indican que casi un 39 % administra o es socio de una empresa: a este tipo de trabajadores autónomos se les conoce como «autónomos societarios».
Independientemente de si gestionan o no una empresa, todos deben abonar la cuota de autónomos, que es el importe mensual que se paga a la Seguridad Social para poder tener acceso a las mismas prestaciones que quienes trabajan por cuenta ajena (la asistencia sanitaria, la baja por maternidad o incapacidad temporal o la pensión de jubilación, entre otras), y que, desde 2023, aumenta o disminuye en función de los ingresos. Si quieres más información sobre la cuota de los autónomos en España en 2024, también hemos publicado una guía en la que analizamos al detalle su funcionamiento general.
En este artículo, nos centraremos en las particularidades de la cuota de los autónomos societarios: quién debe pagarla, cómo calcular el importe mensual y los casos concretos en que podrías beneficiarte de una reducción en la cuota.
Esto es lo que encontrarás en este artículo:
- Quién está obligado a pagar la cuota de autónomos societarios
- Cómo se calcula la cuota de autónomos societarios
- Cómo se calculan los ingresos reales de los autónomos societarios
- Tarifa plana para autónomos societarios
Quién está obligado a pagar la cuota de autónomos societarios
La cuota de autónomos societarios en España en 2024 la deben pagar a la Seguridad Social todas aquellas personas que tengan la consideración de trabajadores autónomos con actividades de carácter societario. Es decir, cualquier trabajador por cuenta propia que reúna una de las siguientes condiciones:
- Cuenta con, al menos, un 33 % del capital social del que dispone la sociedad.
- Cuenta con, al menos, un 25 % del capital social del que dispone la sociedad y, además, la dirige o desempeña algún tipo de labor de dirección.
En ningún caso será la sociedad mercantil la que tenga la obligación de pagar la cuota del autónomo societario que la administra, sino que es el propio trabajador autónomo quien debe hacerse cargo del pago. Además de su cuota de autónomos, deberá mantenerse al día de sus otras obligaciones fiscales, como el impuesto sobre sociedades (que grava los beneficios de la empresa) y el IVA (que grava las ventas de productos y servicios).
Para simplificar la gestión de estas obligaciones, resulta muy útil trabajar con una herramienta de automatización de los impuestos como Stripe Tax, que te permite calcular y cobrar automáticamente el tipo impositivo correcto a tus ventas en más de 50 países y generar informes con el IVA que has recaudado para que tus declaraciones resulten más sencillas (puedes consultar aquí las excepciones).
Cómo se calcula la cuota de autónomos societarios
Tras la aprobación del Real Decreto Ley 13/2022, se estableció el nuevo sistema de cotización para autónomos. El gran cambio que introduce el nuevo sistema implica que la cuota mensual que deben abonar los autónomos varía en función de su rendimiento neto anual. En esta sección, te hemos preparado una tabla con las distintas cuotas que pueden pagar los autónomos societarios en 2024. Veamos primero qué información encontrarás en cada columna:
- Tramos de rendimientos netos: Ingresos obtenidos por el autónomo societario ejerciendo sus labores profesionales. Después veremos cómo calcular esta cifra para que puedas determinar en qué tramo te encuentras.
- Base de cotización mínima: La base de cotización se utiliza para calcular la cuota de autónomos. Si eliges la cantidad mínima para tu tramo, la cuota será lo más baja posible, pero, a cambio, deberás asumir que la pensión que cobrarás al jubilarte también será inferior.
- Base de cotización máxima: Si quieres que la pensión de jubilación sea lo más elevada posible, tendrás que elegir la base de cotización máxima dentro del tramo que te corresponda.
- Cuota mínima: Esta es la cantidad mínima que un autónomo societario puede elegir abonar mensualmente a la Seguridad Social para un determinado tramo de rendimientos netos. La cifra a pagar será de un 31,30 % respecto al total de la base de cotización escogida, que se obtiene de la suma de las aportaciones por contingencias comunes (28,30 %), cese de actividad (0,9 %), Mecanismo de Equidad Intergeneracional (0,7 %) y formación profesional (0,1 %).
- Cuota máxima: Si eliges la base de cotización más elevada, también lo será la cuota que debas abonar. El cálculo es idéntico al de la cuota mínima, pero utilizando la base de cotización máxima.
La principal diferencia entre la cuota de los autónomos societarios y la del resto de autónomos es que ese primer grupo no puede elegir una base mínima de cotización por debajo de los 1000 €. A la hora de efectuar los cálculos necesarios, la calculadora oficial de cuotas para autónomos te resultará muy útil. Te recomendamos que consultes la versión actual de la calculadora (la Seguridad Social indica el año en el título de la página) y, si los datos no se corresponden con el año en curso, que consultes una tabla actualizada. Aquí tienes el detalle de las cuotas de autónomos societarios en 2024:
Categorías de ganancias netas
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Base de contribución mínima
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Base de contribución máxima
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Contribución mínima de los trabajadores por cuenta propia societarios en España en 2024
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Contribución máxima de los trabajadores por cuenta propia societarios en España en 2024
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€1700 o menos | €1000.00 | €1700 | €313.00 | €532.10 |
De €1700.01 a €1850 | €1045.75 | €1850 | €327.32 | €579.05 |
De €1850.01 a €2030 | €1062.09 | €2030 | €332.43 | €635.39 |
De €2030.01 a €2330 | €1078.43 | €2330 | €337.55 | €729.29 |
De €2330.01 a €2760 | €1111.11 | €2760 | €347.78 | €863.88 |
De €2760.01 a €3190 | €1176.47 | €3190 | €368.24 | €998.47 |
De €3190.01 a €3620 | €1241.83 | €3620 | €388.69 | €1133.06 |
De €3620.01 a €4050 | €1307.19 | €4050 | €409.15 | €1267.65 |
De €4050.01 a €6000 | €1454.25 | €4720.50 | €455.18 | €1477.52 |
€6000.01 o más | €1732.03 | €4720.50 | €542.13 | €1477.52 |
Cómo se calculan los ingresos reales de los autónomos societarios
Para saber en qué tramo te sitúas, tienes que calcular los ingresos reales que obtienes como autónomo societario. La fórmula que se debe aplicar variará en función de la naturaleza de tus ingresos, aunque el proceso no es particularmente complicado. El resultado determinará la base de cotización y la cuota de autónomos societarios que tendrás que pagar cada mes a la Seguridad Social. Ten en cuenta que, si bien las cantidades que se utilizan en las fórmulas son anuales, la cuota a pagar se determina con los rendimientos netos mensuales, por lo que todas las fórmulas incluyen una división entre 12.
Autónomo societario que tiene actividad económica
Muchos autónomos societarios solo emiten facturas a la sociedad que administran o de la cual son socios. En este caso caso, la fórmula que se aplica es prácticamente idéntica a la del resto de autónomos, aunque solo podrán deducir un 3 % de sus ingresos como gastos de difícil justificación (en lugar del 5 % que aplican el resto de autónomos):
[(Ingresos − Gastos que puedan deducirse) − (0,03 × Ingresos)] ÷ 12
Autónomo societario que percibe remuneraciones en forma de nóminas por parte de la sociedad mercantil y adicionalmente factura a otra sociedad
Hay personas que trabajan por cuenta propia y que perciben un salario de la sociedad que administran o de la cual son socios. Si, además de esta nómina, emiten facturas a otra empresa, la fórmula es la siguiente:
[(Rendimientos del trabajo + Retribuciones en especie + Rendimientos dinerarios + Dividendos + Beneficios obtenidos por la actividad profesional) − (0,03 × Ingresos)] ÷ 12
Veamos la definición de los primeros elementos para entender los matices de cada uno de ellos:
- Rendimientos del trabajo: El sueldo que percibe el autónomo societario por la actividad que realiza en la empresa.
- Retribuciones en especie: Los bienes o servicios para uso particular que consiguió a coste cero o a un precio inferior al habitual.
- Dividendos: Como administrador o socio de la empresa, el autónomo societario puede recibir un porcentaje de los beneficios del negocio.
- Rendimientos dinerarios: De forma similar a los dividendos, el autónomo podría recibir una nómina como administrador de la sociedad además del salario por su actividad profesional.
- Beneficios obtenidos por la actividad profesional: Aquí se incluye el rendimiento de su actividad como autónomo fuera de la empresa que gestiona, es decir, los ingresos anuales de sus facturas a otras empresas menos sus gastos como trabajador autónomo.
Autónomo societario que percibe remuneraciones en forma de nóminas por parte de la sociedad mercantil
A diferencia del anterior caso que hemos descrito, estamos ante un autónomo societario que solo percibe un sueldo de su sociedad y no factura a otras empresas. La fórmula es más sencilla en este caso:
(Nómina + Retribuciones en especie + Dividendos) ÷ 12
La nómina que se utiliza en esta fórmula se refiere al salario bruto anual. Los datos de los dos primeros valores aparecen en el modelo 190, una declaración informativa con la que se comunica a la AEAT las retenciones que se han practicado a lo largo del año. Por otra parte, si la empresa no ha repartido dividendos, no tendrás que sumar nada en ese concepto.
Tarifa plana para autónomos societarios
Ahora que ya sabes calcular los ingresos reales, puedes averiguar la base de cotización mínima y, por ende, la cuota que tendrás que pagar. Pero, ¿sabías que puedes reducirla considerablemente durante un tiempo? En 2013, se introdujo la tarifa plana para autónomos, una cuota reducida durante los primeros meses de actividad, con el objetivo de fomentar el emprendimiento en España. Si bien, los autónomos societarios no pudieron beneficiarse de ella hasta el año 2020, ahora tienen la posibilidad de hacerlo para pagar al mes una cuota reducida de 80 €.
Ese importe se mantiene durante el primer año de actividad y, si su rendimiento no supera el salario mínimo interprofesional (que, desde el 6 de febrero de 2024, es de 1134 € al mes) tras esos primeros doce meses, podrá acogerse a la prórroga de la tarifa plana.
Con tal de beneficiarse de la tarifa plana, el autónomo societario ha de reunir una serie de requisitos:
- No puede tratarse de un autónomo societario colaborador (es decir, no puede acogerse al régimen especial para familiares directos).
- No haber contraído deudas con la Seguridad Social ni Hacienda.
- No haber estado en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) durante los dos años antes de haber dado comienzo a la actividad en la sociedad mercantil. Si te habías acogido con anterioridad a la tarifa plana para autónomos societarios, este período pasa a ser de cuatro años.
Aunque la reducción de cuota que ofrece la tarifa plana es muy importante, la mayoría de autónomos societarios en España no podrán acogerse a ella y tendrán que abonar la cuota de autónomos que corresponda para su tramo de rendimientos netos. Como hemos visto antes, no es excesivamente complicado determinar cuál te corresponde y esperamos que esta guía te haya sido de ayuda.
El contenido de este artículo tiene solo fines informativos y educativos generales y no debe interpretarse como asesoramiento legal o fiscal. Stripe no garantiza la exactitud, la integridad, adecuación o vigencia de la información incluida en el artículo. Si necesitas asistencia para tu situación particular, te recomendamos consultar a un abogado o un contador competente con licencia para ejercer en tu jurisdicción.