Un resumen de la corrección voluntaria (ravvedimento operoso) en Italia

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Más información 
  1. Introducción
  2. ¿Qué es la corrección voluntaria?
  3. Tipos de corrección voluntaria y sanciones
  4. Cómo calcular los intereses
  5. Cómo pagar

En Italia, la falta de pago, el pago tardío o el pago insuficiente de impuestos da lugar a varias sanciones, establecidas el apartado 1 del artículo 13 del Decreto Legislativo n.º 471/1997. La sanción estándar es del 30 % del importe impagado o pagado con retraso, pero puede reducirse al 15 % si el pago se realiza en un plazo de 90 días. El contribuyente puede optar por corregir voluntariamente su situación tributaria a través de un proceso denominado «corrección voluntaria», que le permite recibir reducciones adicionales de estas sanciones.

En este artículo, aprenderás más sobre qué es la corrección voluntaria, qué diferentes tipos de corrección voluntaria existen, cuáles son las sanciones y cómo pagarlas.

¿Qué contiene este artículo?

  • ¿Qué es la corrección voluntaria?
  • Tipos de corrección voluntaria y sanciones
  • Cómo calcular los intereses
  • Cómo pagar

¿Qué es la corrección voluntaria?

La corrección voluntaria (en italiano, «ravvedimento operoso»), introducida por el Decreto Legislativo nº. 472 de 1997, es un aspecto importante de la legislación fiscal italiana. Permite a los contribuyentes corregir los pagos de impuestos no efectuados y beneficiarse de una reducción de las sanciones.

Además de las sanciones estándar, el contribuyente también debe pagar intereses por los pagos no efectuados. Estos intereses se establecen en función de la tasa anual establecida por el Ministerio de Economía y Hacienda, que pasó del 5 % al 2.50 % el 1 de enero de 2024.

El cambio clave que beneficia a los contribuyentes fue introducido por el Decreto Legislativo n.º 158/2015, que modificó la ley sobre sanciones por pagos atrasados o no efectuados. Redujo la penalización estándar por pagos atrasados o no efectuados en un plazo de 90 días del 30 % al 15 %. Como resultado, la sanción estándar es la siguiente:

  • Para pagos con hasta 14 días de retraso: sanción del 15 %, reducida a 1/15 por día
  • Para pagos con un retraso de entre 15 y 90 días: sanción del 15 %
  • Para pagos con más de 90 días de retraso: sanción estándar del 30 %

Sin embargo, un acuerdo fiscal voluntario permite al contribuyente corregir la situación pagando los impuestos adeudados originalmente, la multa reducida mencionada anteriormente y los intereses.

Tipos de corrección voluntaria y sanciones

La reducción de las sanciones se establece en función del tiempo transcurrido entre la infracción fiscal y el momento de la corrección voluntaria. Existen diferentes tramos de tiempo, cada uno con un determinado nivel de reducción de la sanción. Cuanto mayor sea el retraso en resolver la infracción fiscal, menor será la reducción. Veamos los detalles para entender cómo se calculan las sanciones para las correcciones voluntarias:

  • Corrección rápida
    Se aplica hasta el decimocuarto día de retraso en el pago y permite al contribuyente corregir su situación pagando el impuesto adeudado, con una penalización de solo el 0.1 %, que es 1/15 del 15 % mínimo por cada día de retraso, reducido además a 1/10. Además, deben incluirse los intereses diarios establecidos en la tasa de referencia anual.

  • Corrección inmediata
    Se aplica hasta 30 días a partir de la fecha de la infracción fiscal para los casos de falta de pago o pago tardío. En este caso, la multa es del 1.5 % (1/10 del 15 %).

  • Corrección intermedia o trimestral
    Se aplica cuando los errores y omisiones se corrigen dentro de los 90 días siguientes a la fecha límite de declaración. O, si no hay declaración periódica, se aplica dentro de los 90 días siguientes a la omisión o el error. La sanción se reduce a 1/9 del mínimo.

  • Corrección prolongada o anual
    Se aplica cuando los errores y omisiones se corrigen antes de la fecha límite para presentar la declaración correspondiente al año en que se produjo la infracción. O, si no hay declaración periódica, se aplica en el plazo de un año a partir de la omisión o el error. La sanción se reduce a 1/8 del mínimo (después de 90 días, es del 30 %).

  • Corrección bianual
    Se aplica a los pagos efectuados dentro del plazo de presentación de la declaración del año siguiente. O, si no se debe presentar declaración, se aplica en los dos años siguientes a la omisión. La sanción aplicable es de 1/7 del mínimo.

  • Corrección extendida o ultrabienal
    Se aplica si los errores y las omisiones se corrigen antes de la fecha de vencimiento de la declaración correspondiente al año siguiente al que se produjo la infracción. O, si no vence ninguna declaración, se aplica más de dos años después del error u omisión. La sanción se reduce a 1/6 del mínimo.

  • Corrección posterior a la auditoría (processo verbale di constatazione o PVC)
    Se aplica si la regularización se produce después de que se confirme la infracción en una auditoría fiscal (un PVC, o «informe de hallazgos»), excepto en los casos en que no se emitan comprobantes fiscales o notas de entrega, o no se instalen los dispositivos fiscales. La sanción se reduce a 1/5 del mínimo.

  • Corrección por falta de presentación de la declaración
    Se aplica en los casos de omisión de la declaración, si se presenta con una demora no superior a 90 días. La sanción se reduce a 1/10 del mínimo.

Si un contribuyente que opta por la corrección voluntaria no puede pagar el monto total de una sola vez, la ley permite que se realicen correcciones parciales. El artículo 4 decies del Decreto Legislativo del 30 de abril de 2019, que modifica el Decreto Legislativo n.º 472 del 18 de diciembre de 1997, introdujo el artículo 13-bis, que reconoce oficialmente la práctica existente de la corrección parcial, permitiendo a los ciudadanos cumplir con la normativa de forma más flexible. La corrección parcial y las sanciones fraccionadas permiten a un contribuyente cumplir pagando la cantidad total adeudada en varias cuotas, aplicándose las sanciones y los intereses proporcionalmente. La corrección parcial solo se aplica a los impuestos administrados por la Agenzia delle Entrate.

Cómo calcular los intereses

Los intereses por pagos atrasados deben calcularse diariamente a la tasa de interés legal vigente desde la fecha de vencimiento del pago (o del incumplimiento de pago) hasta que la deuda quede saldada mediante la regularización. Ten en cuenta que si el período de cálculo de los intereses de corrección voluntaria abarca varios años, la tasa de interés puede no ser fija y cambiar de un período a otro. Estas son las tazas de interés de los últimos años:

  • 2024: 2.5 %
  • 2023: 5 %
  • 2022: 1.25 %
  • 2021: 0.01 %
  • 2020: 0.05 %
  • 2019: 0.8 %
  • 2018: 0.3 %
  • 2017: 0.1 %
  • 2016: 0.2 %
  • 2015: 0.5 %
  • 2014: 1 %

Por lo tanto, los contribuyentes que quieran acogerse a la amnistía fiscal de 2024 por infracciones cometidas hasta finales de 2023 tendrán que utilizar las tasas de interés de diferentes períodos. Para las infracciones a partir del 1 de enero de 2024, la tasa de interés será del 2.5 %.

Se puede descargar una herramienta especial para simplificar el cálculo de las sanciones e intereses por correcciones fiscales voluntarias con la Agenzia delle Entrate. La herramienta, denominada Compliance, permite calcular las sanciones y los intereses con el fin de regularizar los errores mediante correcciones fiscales voluntarias, subsanando los errores que dieron lugar a una mayor deuda tributaria o a un menor crédito utilizado.

Mantenerse al día con las regulaciones fiscales en constante cambio puede representar un desafío para tu empresa. Herramientas como Stripe Tax pueden simplificar el cumplimiento de la normativa fiscal generando informes detallados que son útiles para la presentación de declaraciones de impuestos.

Cómo pagar

Para regularizar su situación mediante la corrección voluntaria, el contribuyente deberá utilizar lo siguiente:

  • Formulario F24 para el impuesto sobre la renta (IRPEF, IRES), los impuestos sustitutivos relacionados, el IVA, el IRAP y el impuesto sobre espectáculos;
  • Formulario F24 (Elide) para las comisiones de registro, bienes inmuebles y registro de la propiedad;
  • Formulario F23 para el impuesto de matriculación y otros impuestos indirectos.

En cuanto al Formulario F24, los contribuyentes que no dispongan de número de IVA pueden efectuar el pago por vía electrónica o presentando el formulario en papel en las ventanillas de la Agenzia delle Entrate o en los bancos u oficinas de correos. Los que tienen número de IVA, en cambio, deben presentar el formulario por vía electrónica a través del portal en línea de la Agenzia delle Entrate, o utilizando el servicio en línea de su banco. Puedes hacerlo tú mismo o recurrir a un agente acreditado, como un contador, una asociación comercial o el centro de soporte fiscal (CAF).

Debes introducir los códigos fiscales correspondientes al completar los formularios. Estos son los principales códigos del Formulario F24 para el pago voluntario del IRPEF, IRES y el IVA:

IRPEF

Saldo del IRPEF
4001
Primera cuota del IRPEF a cuenta
4033
Segunda cuota del IRPEF a cuenta o anticipo a tanto alzado
4034
Intereses de la corrección del IRPEF
1989
Multa del IRPEF
8901

IRES

Primera cuota a cuenta del IRES
2001
Segunda cuota del IRES a cuenta o anticipo a tanto alzado
2002
Saldo del IRES
2003
Intereses de la corrección del IRES
1990
Multa del IRES
8918

IVA

Pago mensual del IVA: enero
6001
Pago mensual del IVA: febrero
6002
Pago mensual del IVA: marzo
6003
Pago mensual del IVA: abril
6004
Pago mensual del IVA: mayo
6005
Pago mensual del IVA: junio
6006
Pago mensual del IVA: julio
6007
Pago mensual del IVA: agosto
6008
Pago mensual del IVA: septiembre
6009
Pago mensual del IVA: octubre
6010
Pago mensual del IVA: noviembre
6011
Pago mensual del IVA: diciembre
6012
Pago trimestral del IVA: 1er trimestre
6031
Pago trimestral del IVA: 2.º trimestre
6032
Pago trimestral del IVA: 3.º trimestre
6033
Pago trimestral del IVA: 4.º trimestre
6034
Pago del IVA: pago a cuenta
6035
Intereses sobre la corrección del pago del IVA
1991
Multa del IVA
8904

En la página web de la Agenzia delle Entrate encontrarás una lista completa de los códigos fiscales que pueden rectificarse voluntariamente. Siempre debes consultar con tu contador para garantizar el cumplimiento de la normativa.

El contenido de este artículo tiene solo fines informativos y educativos generales y no debe interpretarse como asesoramiento legal o fiscal. Stripe no garantiza la exactitud, la integridad, adecuación o vigencia de la información incluida en el artículo. Si necesitas asistencia para tu situación particular, te recomendamos consultar a un abogado o un contador competente con licencia para ejercer en tu jurisdicción.

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