Los adeudos directos constituyen un método de pago sin efectivo muy popular, que facilita las transacciones de pago. En 2021 se ejecutaron casi 12 millones de operaciones de pago sin efectivo mediante adeudo directo en Alemania, una cifra que no para de subir. En este artículo te explicaremos a fondo en qué consisten los adeudos directos, cómo han ido cambiando estos últimos años, en qué se diferencian de las transferencias bancarias y muchos más detalles.
¿De qué trata este artículo?
- ¿Qué es un adeudo directo?
- ¿Cómo han ido cambiando los adeudos directos durante los últimos años?
- ¿Qué ventajas aportan los adeudos directos?
- ¿En qué se diferencia un adeudo directo de una transferencia bancaria?
- ¿De qué plazo dispone un cliente para solicitar un reembolso correspondiente a un adeudo directo?
- ¿Qué pasa cuando no es posible cobrar un adeudo directo?
¿Qué es un adeudo directo?
Un adeudo directo es un método de pago sin efectivo, muy útil para que las empresas procesen pagos. A menudo usamos el término «adeudo directo» para referirnos a los pagos mediante adeudo directo SEPA.
Los adeudos directos permiten que las empresas cobren los importes correspondientes retirándolos directamente de la cuenta bancaria del cliente en la fecha que venza el pago. Para ello se requiere disponer de una orden de domiciliación, también denominada orden de domiciliación de adeudo directo SEPA, que representa el consentimiento por escrito del cliente, quien así indica que acepta que se le cobren las cantidades indicadas retirándolas de la cuenta que tenga a su nombre. Los adeudos directos les brindan a los negocios la seguridad de saber que recibirán los pagos a su debido tiempo y sin incurrir en ningún coste.
Es un método de pago especialmente ventajoso para pagos recurrentes, como los que cubren suscripciones, abonos o cuotas de socio. Automatizar los adeudos directos acelera el proceso de facturación y optimiza el procesamiento de los pagos en general.
¿Cómo han ido cambiando los adeudos directos durante los últimos años?
Antes de que se implantase el sistema de adeudo directo SEPA en 2009, los adeudos directos se ejecutaban mediante la intervención de la autoridad de adeudos directos y mediante la domiciliación de pagos. Cuando aparecieron los adeudos directos SEPA, se hizo posible por primera vez efectuar adeudos directos internacionalmente. La autorización de adeudos directos y domiciliación de pagos siguieron utilizándose hasta el 1 de febrero de 2014, momento en el que el sistema de adeudos directos SEPA las sustituyó por completo. Como parte de este gran salto, las autorizaciones para adeudo directo que se habían emitido anteriormente por escrito se transformaron, automáticamente, en órdenes de domiciliación de adeudo directo SEPA. Y al igual que sucedía con las autorizaciones de adeudo directo anteriormente, permitían que empresas y comerciantes aplicasen adeudos en las cuentas bancarias de su clientela.
¿Qué ventajas aportan los adeudos directos?
Hay muchas maneras de que las empresas reciban pagos de su clientela. Uno de los métodos más eficientes y rentables es el adeudo directo. Como este procedimiento no requiere un procesamiento específico para el pago, el negocio en cuestión no tiene que preocuparse por enviar facturas ni avisos de pago, con lo cual ahorra tiempo y dinero. También rebaja el riesgo de que se produzcan fallos o retrasos en los pagos, ya que el proceso de adeudo directo automático cobra el importe correspondiente a la factura el mismo día en que vence. Y además, simplifica la contabilidad asociada, ya que todas las transacciones de pago quedan perfectamente documentadas, con total claridad, sin posibilidad de que se produzcan errores durante trámites manuales. Las empresas ya no tienen que perder el tiempo redactando órdenes o requerimientos de pago, ni aplicando comisiones y recargos en relación con pagos pendientes.
Además, el adeudo directo favorece que las empresas optimicen su flujo de caja gracias a que los pagos se reciben a tiempo. También incorpora la ventaja de que es compatible con las principales tarjetas de crédito y débito, así como con los servicios de banca electrónica.
Desde la perspectiva de la clientela, los adeudos directos ofrecen asimismo multitud de ventajas. Para empezar, les permiten pagar de inmediato, sin tener que preocuparse por la fecha de vencimiento de las transferencias bancarias. Tampoco tienen que volver a facilitar los datos de cada transferencia para realizar pagos recurrentes. De hecho, ni siquiera tendrán que guardar o memorizar esa información. Por si fuera poco, los adeudos directos ofrecen una mejor protección para los clientes frente a intentos de fraude o adeudos sin autorización, ya que todas las transacciones quedan registradas con la máxima precisión. Otra ventaja consiste en que las transferencias de datos se cifran y que es muy fácil solicitar un contracargo si surgen problemas.
¿En qué se diferencia un adeudo directo de una transferencia bancaria?
La mayor diferencia que separa a una transferencia bancaria de un adeudo directo es que la primera la debe efectuar la propia persona que quiera ejecutar el pago. Para iniciar la transferencia, tendrá que introducir los datos de pago en su sistema de banca electrónica y después ordenar manualmente que se envíen los fondos. Por el contrario, el proceso de adeudo directo no exige que la persona pagadora actúe de ningún modo específico. Lo único que debe hacer es conceder a la empresa un permiso por escrito, con el formulario de la orden de domiciliación, que la habilite para cobrar el dinero directamente de la cuenta bancaria de la que esa persona sea titular.
¿De qué plazo dispone un cliente para solicitar un reembolso correspondiente a un adeudo directo?
Para los adeudos directos entre un particular y una compañía, conocidos como «adeudos directos básicos» o «core», el plazo límite es de ocho semanas contadas tras la fecha del adeudo. Una vez transcurrido ese período, ya no es posible reembolsar el adeudo directo. Sin embargo, sí es posible extender el período hasta los 13 meses si el cliente no ha recibido ninguna notificación o información sobre el cobro del adeudo directo, si los datos de la cuenta eran incorrectos o si el cliente sospecha que pudo tratarse de un fraude.
En el caso del adeudo directo entre empresas o autónomos, conocido como adeudo directo para empresas, el cliente no tiene derecho a solicitar un reembolso, ya que se asume que la orden de domiciliación que permite cobrar el pago estaba vigente en el momento del adeudo. Ahora bien, igual que en el caso anterior, si el cliente sospecha que se ha producido un adeudo sin autorización, se dispone de 13 meses de plazo para reembolsar el pago.
Para evitar cualquier problema, las empresas deberían cerciorarse de que todos los datos sean correctos en cada adeudo y de que envían avisos por adelantado a sus clientes. Así se previene que los clientes soliciten el reembolso de un adeudo directo sin motivo. No olvidemos que los contracargos conllevan costes sustanciales para los negocios. Además del coste financiero, los contracargos también pueden perjudicar la reputación de una compañía.
¿Qué pasa cuando no es posible cobrar un adeudo directo?
Existen diversos motivos que pueden impedir que un adeudo directo se tramite correctamente. Por ejemplo, es posible que no haya fondos suficientes disponibles en la cuenta del cliente, que se produzcan errores durante la transferencia o que la cuenta bancaria del cliente haya rechazado el adeudo directo por otros motivos. En tales casos, las empresas deben actuar con celeridad y ponerse en contacto con el cliente para solucionar el problema. También es posible organizar el pago por vías alternativas; por ejemplo, mediante una transferencia bancaria u otro método.
El contenido de este artículo tiene solo fines informativos y educativos generales y no debe interpretarse como asesoramiento legal o fiscal. Stripe no garantiza la exactitud, la integridad, adecuación o vigencia de la información incluida en el artículo. Si necesitas asistencia para tu situación particular, te recomendamos consultar a un abogado o un contador competente con licencia para ejercer en tu jurisdicción.