Principales diferencias entre SAS y SARL en Francia

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Más información 
  1. Introducción
  2. ¿Qué es una SAS?
  3. ¿Qué es una SARL?
  4. ¿Qué tienen en común la SAS y la SARL?
  5. ¿Cuáles son las principales diferencias entre la SAS y la SARL?
    1. Número de socios
    2. Redacción de los estatutos
    3. Capital social
    4. Operaciones
    5. Tributación
    6. Estado de la seguridad social
    7. Etapas de configuración y costos asociados
  6. La SAS frente a la SARL: Una tabla comparativa
  7. SAS o SARL: ¿Cuál deberías elegir?

La SAS y la SARL son entidades legales populares en Francia, pero ¿en qué se diferencian? ¿Qué tienen en común? ¿Cuáles son las ventajas de la SAS sobre la SARL y viceversa? Este artículo compara las características principales de la SAS y la SARL para ayudarte a elegir la que mejor se ajuste a tus necesidades, con una tabla comparativa al final.

¿Qué contiene este artículo?

  • ¿Qué es una SAS?
  • ¿Qué es una SARL?
  • ¿Qué tienen en común la SAS y la SARL?
  • ¿Cuáles son las principales diferencias entre la SAS y la SARL?
  • La SAS frente a la SARL: Una tabla comparativa
  • SAS o SARL: ¿Cuál deberías elegir?

¿Qué es una SAS?

La sociedad por acciones simplificada (SAS, o société par actions simplifiée") es una entidad jurídica conocida por su alto grado de flexibilidad operativa, de desarrollo y estructural. Es adecuado para la mayoría de las actividades comerciales, artesanales, liberales e industriales, excepto para las profesiones reguladas. Según el Instituto Nacional de Estadística y Estudios Económicos (Insee), fue la forma jurídica más utilizada en Francia en 2022.

Los socios de una SAS tienen la libertad de establecer los estatutos que regulan la gestión y organización de la sociedad. Obtén más información sobre la SAS en nuestro artículo sobre el tema y explora otras formas jurídicas populares en Francia, como la sociedad anónima (SA o “société anonyme”), la sociedad por acciones simplificada unipersonal (SASU o “société par actions simplifiée unipersonnelle”) y la sociedad de responsabilidad limitada de un solo accionista (EURL o “entreprise unipersonnelle à responsabilité limitée”), siguiendo estos enlaces.

¿Qué es una SARL?

La sociedad de responsabilidad limitada (SARL o “société à responsabilité limitée”) es otra forma jurídica muy utilizada en Francia. Es adecuada para la mayoría de las actividades comerciales, artesanales e industriales, así como para profesiones no reguladas y empresas familiares. A diferencia de la SAS, su funcionamiento está regulado por la ley (artículo L223-3 del Código de Comercio), lo que brinda a los socios ciertas garantías, pero ofrece menos flexibilidad en la gestión.

¿Qué tienen en común la SAS y la SARL?

Tanto la SAS como la SARL son sociedades de responsabilidad limitada pluripersonales, es decir, los socios solo son responsables hasta el monto de sus aportes Son similares en términos de tributación y contabilidad: ambas están sujetas al régimen fiscal corporativo estándar y deben llevar una contabilidad completa. Ninguna de las dos puede cotizar en el mercado regulado.

Tanto la SAS como la SARL son adecuadas para la mayoría de las empresas. Además, el procedimiento para constituir ambos tipos de sociedades es el mismo.

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¿Cuáles son las principales diferencias entre la SAS y la SARL?

Las dos difieren en varios aspectos, incluido el número de socios, la forma en que operan y la función del gerente.

Número de socios

La SAS requiere un mínimo de dos socios, sin límite máximo. Pueden ser particulares o entidades jurídicas.

Sin embargo, las SARL están limitadas a un máximo de 100 socios, según lo especificado en el artículo L223-3 del Código de Comercio. Deben tener un mínimo de dos socios (particulares o entidades jurídicas).

Redacción de los estatutos

En una SAS, los socios tienen la libertad de definir los estatutos de la sociedad, los cuales establecen las reglas de gobernanza, organización y funcionamiento en aspectos fiscales, sociales y legales.

Por otro lado, los socios de una SARL no disponen del mismo nivel de flexibilidad para gestionar la sociedad. Los estatutos deben redactarse con mayor rigurosidad, de acuerdo con los artículos 1 a 43 del Código de Comercio.

Capital social

En ambos tipos de sociedades, los socios determinan libremente el capital social, que puede ser en efectivo o en especie.

Dicho esto, el capital social requerido para la constitución varía según el tipo de sociedad. Para una SAS, el 50 % del aporte en efectivo debe ser depositado en la cuenta bancaria de la sociedad en el momento de la constitución. En el caso de una SARL, al menos el 20 % del aporte en efectivo se debe pagar en el momento de la constitución. El saldo se debe pagar dentro de los cinco años posteriores a la constitución en ambos casos.

Ten en cuenta que la designación de un auditor de aportes es obligatoria para todas las SAS y SARL si una contribución en especie supera los €30,000 y constituye más de la mitad del capital social.

Operaciones

Los socios determinan las operaciones de una SAS al redactar los estatutos. Es administrada por un presidente, que puede ser una persona física o una entidad jurídica, y que, en su función de director, está sujeta a responsabilidades tanto civiles como penales. Los socios podrían designar directores generales y otros órganos de administración para ayudar en la gestión de la sociedad.

Por el contrario, el funcionamiento de una SARL está estrictamente regulado por los artículos 1 a 43 del Código de Comercio. El gerente de una SARL debe ser una persona física que represente a la sociedad en sus interacciones con terceros Se encarga de tareas como la firma de contratos, la contratación de empleados y la gestión de los trámites legales. Una asamblea general de accionistas ayuda al gerente en sus responsabilidades.

Tributación

Tanto las SAS como las SARL están automáticamente sujetas al impuesto a los ingresos corporativos (IS, o “impôt sur les sociétés”). Sin embargo, las SARL familiares, las SARL establecidas hace menos de cinco años y las SAS admisibles pueden optar por el impuesto sobre los ingresos (IR, o “impôt sur le revenu”) si cumplen con criterios específicos.

Los dividendos percibidos por los accionistas de SAS y SARL están sujetos a una única retención fiscal a cuenta a tanto alzado (PFU, o "prélèvement forfaitaire unique") en el marco del sistema fiscal del impuesto a los ingresos sobre sociedades Si lo prefieren, pueden optar por tributar según la escala progresiva del impuesto sobre los ingresos.

Estado de la seguridad social

El sistema general de seguridad social cubre al presidente de una SAS. Como empleado, recibe beneficios como seguro médico, jubilación y subsidios familiares.

Dicho esto, el sistema de seguridad social para los gerentes de una SARL depende de la cantidad de acciones que posean. Si poseen más de la mitad, se les considera accionistas mayoritarios y están cubiertos por el sistema de seguridad social para trabajadores por cuenta propia. Si poseen exactamente la mitad de las acciones (como un gerente igualitario) o menos de la mitad (como un gerente minoritario), están cubiertos por el sistema general de seguridad social en cuanto reciben una remuneración.

Etapas de configuración y costos asociados

Ambas sociedades se constituyen en cinco pasos importantes:

Ambas empresas se constituyen en cinco pasos importantes, incluido el paso final de registro en línea a través del portal de trámites comerciales.

La SAS frente a la SARL: Una tabla comparativa

¿SAS o SARL? Como puedes ver, existen varias diferencias clave entre estas dos formas jurídicas. En la siguiente tabla se detallan las principales distinciones:

Función
SAS
SARL
Número de socios
Mínimo de 2 Entre 2 y 100
Responsabilidad financiera de los socios
Limitado al importe de las aportaciones Limitado al importe de las aportaciones
Capital social
Libremente determinado por los socios, al menos el 50 % de las aportaciones depositadas en el momento de la creación de la empresa Libremente determinado por los socios, al menos el 20 % de las aportaciones depositadas en el momento de la creación de la empresa
Entrada al mercado
No autorizado No autorizado
Director
Presidente Uno o más directores ejecutivos
Tributación de los beneficios
Impuesto de sociedades con opción al impuesto sobre la renta de las personas físicas Impuesto de sociedades, con opción de impuesto sobre la renta de las personas físicas para las SARL de propiedad familiar y las creadas hace menos de 5 años
Estado de seguridad social del gerente
Empleado asimilado Trabajador no asalariado (TNS, o «travailleur non salarié») para los gerentes mayoritarios; asimilado para los gerentes minoritarios o igualitarios
Transferencia de acciones
Sin restricciones Sin restricciones para un miembro de la familia, sujeto a la aprobación de los accionistas cuando se transfieren acciones a un tercero
Comisiones de registro
0.1 % del precio de venta 3 % del precio de venta, después de una deducción de €23,000

SAS o SARL: ¿Cuál deberías elegir?

Elegir la estructura jurídica de tu empresa es una decisión importante. Es útil tener en cuenta lo siguiente:

  • Número máximo de socios
  • Importe del capital social requerido para la inscripción
  • Método de funcionamiento
  • Situación del gerente en materia de seguridad social
  • Transferencias de acciones

La SAS brinda más ventajas operativas y flexibilidad que la SARL. Transferir acciones a otra persona y añadir nuevos socios es un proceso sencillo. Además, el gerente goza de un estado social favorable, similar al de un empleado.

Al mismo tiempo, la SARL ofrece a los socios una estructura jurídica confiable, regida por el Código de Comercio, lo que la convierte en una opción adecuada para las empresas familiares. Además, el capital social requerido para la inscripción es inferior al de una SAS.

El contenido de este artículo tiene solo fines informativos y educativos generales y no debe interpretarse como asesoramiento legal o fiscal. Stripe no garantiza la exactitud, la integridad, adecuación o vigencia de la información incluida en el artículo. Si necesitas asistencia para tu situación particular, te recomendamos consultar a un abogado o un contador competente con licencia para ejercer en tu jurisdicción.

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