Tipos del impuesto sobre el valor añadido para las empresas en Alemania

  1. Introducción
  2. ¿Qué es el impuesto sobre el valor añadido?
    1. ¿En qué se diferencian el impuesto sobre las ventas y el impuesto sobre el valor añadido?
  3. ¿A quién se le aplica el impuesto sobre el valor añadido?
  4. ¿Qué tipos impositivos sobre el valor añadido hay?
  5. ¿Cuándo se aplica el tipo reducido del impuesto sobre el valor añadido?
  6. ¿Cómo debe figurar el impuesto sobre el valor añadido en una factura?

¿El 19 %, el 7 % o el 0 %? Cuando las empresas facturan por sus productos y servicios, es importante que miren atentamente qué tipo impositivo deben aplicar por ley. En este artículo, explicaremos qué es el impuesto sobre el valor añadido, qué empresas tienen que pagarlo y los tipos impositivos que se aplican. Además, explicaremos los bienes y servicios en los que se aplica un tipo impositivo reducido, así como lo que debe tener en cuenta una empresa a la hora de emitir facturas tanto en Alemania como en otros países de la UE.

¿De qué trata este artículo?

  • ¿Qué es el impuesto sobre el valor añadido?
  • ¿A quién se le aplica el impuesto sobre el valor añadido?
  • ¿Qué tipos impositivos sobre el valor añadido hay?
  • ¿Cuándo se aplica el tipo impositivo reducido sobre el valor añadido?
  • ¿Cómo debe figurar el impuesto sobre el valor añadido en una factura?

¿Qué es el impuesto sobre el valor añadido?

El impuesto sobre el valor añadido (IVA) es un impuesto al consumo que grava todo el consumo público y privado. Dado que el proveedor de bienes y servicios tiene el prerrequisito de recaudar el impuesto sobre el valor añadido, este se tiene que pagar al comprar productos o recibir servicios. El impuesto sobre el valor añadido es una de las fuentes de ingresos más importantes a escala nacional, estatal y municipal: la parte correspondiente al IVA de todos los ingresos fiscales de la República Federal de Alemania asciende a más del 30 %.

El impuesto sobre el valor añadido se introdujo en Alemania en 1968, con los correspondientes tipos impositivos que determinaban el nivel de aplicación del impuesto. El tipo impositivo ordinario en 1968 era del 10 % y, el reducido, del 5 %. Desde entonces, ha aumentado progresivamente: en la actualidad, el tipo ordinario es del 19 % y, el reducido, del 7 %.

¿En qué se diferencian el impuesto sobre las ventas y el impuesto sobre el valor añadido?

Los términos «impuesto sobre el valor añadido» e «impuesto sobre las ventas» se suelen utilizar como sinónimos en el lenguaje cotidiano. Sin embargo, si nos ponemos estrictos, el impuesto sobre el valor añadido es un término genérico que abarca tanto el impuesto soportado como el impuesto sobre las ventas. El impuesto soportado y el impuesto sobre las ventas son fundamentalmente el mismo impuesto, solo que desde perspectivas distintas: quienes compran los productos o utilizan los servicios pagan el impuesto sobre las ventas, mientras que las empresas que efectúan una compra o usan un servicio pagan el impuesto soportado. Por ejemplo, si compras un producto por 119 euros, este precio incluye un impuesto del 19 %, que es de 19 euros. Estos 19 euros se deben transferir de la empresa que participa en la compra a las autoridades fiscales. El impuesto sobre las ventas que paga quien hace la compra se convierte en el impuesto sobre el valor añadido de la empresa que hizo la compra. Es decir, que el impuesto sobre el valor añadido es un impuesto indirecto a la persona consumidora: aunque lo carga la empresa vendedora, esta se limita a repercutírselo a la persona compradora para que sea esta quien lo acabe pagando.

Las personas particulares no pueden solicitar a las autoridades fiscales que les devuelvan el impuesto soportado. En cambio, las empresas pueden deducirse los costes y solicitar la devolución de los impuestos soportados a las autoridades fiscales si compran bienes o servicios a otras empresas responsables de pagar el impuesto sobre el valor añadido. Siguiendo el ejemplo anterior, una persona a título particular pagaría 119 euros por el producto, pero una empresa acabaría pagando solo 100 euros.

En el derecho tributario alemán, se prefiere el término Umsatzsteuer (o «impuesto sobre las ventas») a Mehrwertsteuer (o «impuesto sobre el valor añadido»). No obstante, en el día a día es habitual ver en facturas y recibos el término «impuesto sobre el valor añadido», normalmente en su forma abreviada en inglés: «VAT».

¿A quién se le aplica el impuesto sobre el valor añadido?

Según la sección 1, párrafo 1, apartado n.º 1, de la ley alemana sobre el IVA (UStG), todos los «suministros y otros servicios que una empresa radicada dentro del país proporciona a cambio de un pago en el marco de sus actividades comerciales» están sujetos al impuesto sobre el valor añadido. Por este motivo, el impuesto sobre el valor añadido se aplica a todas las empresas de Alemania que ofrecen bienes y servicios a cambio de dinero, lo que también incluye a las personas que trabajan por cuenta propia, siempre que sea con carácter empresarial, es decir, que lleven a cabo una actividad comercial o profesional para ganar beneficios.

Las pequeñas empresas están exentas de la obligación de aplicar el impuesto sobre el valor añadido: según la exención para pequeñas empresas establecida en la sección 19 de la UStG, las empresas con unos ingresos inferiores a 22.000 euros en el año natural anterior y que en el año natural en curso no tengan previsto superar los 50.000 euros están exentas de pagar el impuesto sobre el valor añadido. No obstante, pueden aplicarlo voluntariamente si así lo desean.

Según la sección 4 de la UStG, las profesiones médicas también están exentas de aplicar el impuesto sobre el valor añadido, independientemente de sus ingresos. Entre estas profesiones se incluyen profesionales de la medicina, psicoterapeutas y fisioterapeutas, así como homeópatas. Esta exención también se aplica a profesionales de la enfermería obstétrico-ginecológica, masajistas y fisioterapeutas, así como a actividades semejantes dentro del sector médico. Lo mismo sucede con los servicios asistenciales y de apoyo como, por ejemplo, en los hospitales y en las residencias de personas ancianas y con discapacidad.

El impuesto sobre el valor añadido tampoco se grava en los siguientes servicios, entre otros:

  • los ingresos procedentes de la venta o el alquiler, tanto de corta como de larga duración, de bienes inmuebles;
  • los servicios de una comunidad de propietarios;
  • los ingresos por la venta de seguros;
  • los ingresos de proveedores de servicios de seguridad social, de asistencia social, o las prestaciones o beneficios ofrecidos a quienes son víctimas de guerra;
  • los servicios en colegios y en el sector educativo;
  • los ingresos procedentes del transporte marítimo y aéreo;
  • los ingresos procedentes de algunos juegos de azar, como es el caso de los procedentes de loterías y de apuestas deportivas;
  • las actividades de voluntariado como, por ejemplo, dentro de un parlamento, un sindicato o el trabajo desempeñado en el sector asistencial y de apoyo;
  • los servicios vinculados a la crianza y atención de menores.

¿Qué tipos impositivos sobre el valor añadido hay?

Normalmente, en Alemania se aplican tres tipos impositivos sobre el valor añadido: el 19 %, el 7 % y el 0 %. El tipo impositivo que se suele aplicar al comprar un producto o adquirir un servicio es del 19 %. No obstante, algunos productos y servicios están gravados con un tipo impositivo reducido sobre el valor añadido: en determinados artículos de uso cotidiano solo se aplica un tipo del 7 %. Además, hay una cantidad muy reducida de servicios que no están sujetos a ningún impuesto en absoluto, con un tipo impositivo sobre el valor añadido del 0 % (consulta la lista en la sección «¿A quién se le aplica el impuesto sobre el valor añadido?» de este artículo).

¿Cuándo se aplica el tipo reducido del impuesto sobre el valor añadido?

Según la sección 12 de la UStG, se aplica un tipo impositivo reducido del 7 % a los siguientes bienes y servicios, entre otros:

  • Alimentos
    • Carne y vísceras comestibles
    • Pescado, cangrejos y moluscos, con la excepción de peces ornamentales, langostas, bogavantes, ostras y caracoles
    • Leche y productos lácteos
    • Hortalizas frescas, deshidratadas y conservadas provisionalmente
    • Cereales y productos molidos como, por ejemplo, la harina, el grañón y la sémola
    • Frutas y frutos secos comestibles
    • Grasas y aceites animales y vegetales comestibles
    • Especias
    • Azúcar y dulces
    • Café, té y mate
    • Agua, con la excepción del agua potable embotellada, sea de manantial, mineral natural o envasada, así como el agua medicinal y el vapor de agua
  • Animales vivos como, por ejemplo, abejas, ganado doméstico, cerdos, ovejas o conejos
  • Flores, hojas, ramas y otras partes de las plantas, así como hierbas, musgos y líquenes para la unión o con fines ornamentales
  • Fertilizantes con base animal o vegetal, a excepción del guano
  • Madera, en forma de leña (troncos redondos, piezas, ramas, haces o semejante) o serrín, desechos de madera y trozos de madera sin tratar (aunque luego se procese para hacer pélets, briquetas u otras formas)
  • Libros, folletos, periódicos y revistas, álbumes de fotos, libros para pintar y colorear, notas impresas o manuscritas, sellos y mapas de todo tipo (por ejemplo, mapamundis o globos terráqueos)
  • Audiolibros
  • Sillas de ruedas y otros medios de transporte para personas con discapacidad
  • Prótesis, aparatos ortopédicos y otros dispositivos ortopédicos, así como dispositivos para remediar daños funcionales o achaques (por ejemplo, prótesis, extremidades artificiales, audífonos o marcapasos)
  • Productos de higiene menstrual como, por ejemplo, tampones y compresas
  • Obras de arte como, por ejemplo, pinturas y dibujos, grabados originales, xilografías y litografías, así como esculturas originales de todo tipo de materiales
  • Piezas de colección zoológicas, botánicas, mineralógicas o anatómicas, así como piezas de colección de valor histórico, arqueológico, paleontológico, etnológico o numismático
  • Entradas para teatros, conciertos, museos y actuaciones artísticas semejantes
  • Transporte público dentro de un municipio o dentro de una distancia inferior a los 50 kilómetros
  • Alquiler de espacios para vivir y dormir, así como campamentos, para el alojamiento temporal de terceros

Durante la pandemia por coronavirus, la legislatura también decidió aplicar una reducción temporal de los tipos del impuesto sobre el valor añadido a una serie de bienes y servicios concretos: por ejemplo, el tipo impositivo reducido del 7 % se aplicó a restaurantes y servicios gastronómicos hasta el 31 de diciembre de 2023. Solo las bebidas estuvieron exentas de esta norma. También se redujo al 7 % el tipo del impuesto sobre el valor añadido para el suministro de gas y calefacción por medio de la red de gas natural y calefacción hasta el 31 de marzo de 2024.

¿Cómo debe figurar el impuesto sobre el valor añadido en una factura?

El impuesto sobre el valor añadido debe ser uno de los componentes fundamentales de toda factura emitida por una empresa (consulta la sección 14, párrafo 4 de la UStG), independientemente de si se envía a una persona particular o a otras empresas. En la factura deben figurar el importe neto del producto o servicio, el tipo impositivo sobre el valor añadido, el importe resultante del impuesto sobre el valor añadido total y el importe bruto total. El impuesto sobre el valor añadido determina la diferencia entre el importe neto y el bruto de una factura.

Ejemplo de un extracto de cuenta con el impuesto sobre el valor añadido:

Precio neto total del producto/servicio: 100 euros
Impuesto sobre el valor añadido al 19 %: 19 euros
Precio bruto total: 119 euros

Las empresas que envían facturas a otros países de la UE pueden abordar esta cuestión básicamente de la misma forma que con una factura dentro de Alemania, al menos cuando se la envían a una persona particular. En tales casos, el lugar de entrega/prestación se considera que es Alemania, por lo que el impuesto sobre el valor añadido se debe incluir en la factura y remitir a las autoridades fiscales.

La situación cambia si una empresa alemana envía una factura a una empresa radicada en otro país de la UE: en tales casos, el lugar de entrega/prestación y el servicio se encuentran en el país de la empresa destinataria, por lo que se debe aplicar el impuesto sobre el valor añadido y la empresa destinataria debe remitírselo a las autoridades fiscales de su país. Dado que esto es relativamente complicado, en este caso se utiliza un procedimiento de inversión del sujeto pasivo como medida especial. En este procedimiento, la responsabilidad de pago del impuesto sobre el valor añadido se invierte para que sea la empresa destinataria, no la empresa alemana emisora de la factura, quien debe remitir el impuesto sobre el valor añadido dentro de su propio país. En términos de facturación, esto significa que las empresas alemanas no cobran el impuesto sobre el valor añadido cuando facturan a empresas de otros países de la UE. La factura se expide únicamente por el importe neto, y debe indicar «procedimiento de inversión del sujeto pasivo» o incluir la frase «la obligación fiscal recae sobre la entidad destinataria».

El impuesto sobre el valor añadido tampoco se añade a las facturas que se envían a empresas de fuera de la UE. En algunos casos, debes revisar cuáles son las obligaciones que se aplican en el país en cuestión. En muchos países, es obligatorio registrarse a efectos de IVA o tiene que haber presente alguien que actúe como representante fiscal. Las normativas jurídicas fuera de Europa varían de un país a otro. En el ámbito de la facturación, se aplica lo siguiente: tiene que indicarse una nota como, por ejemplo, «exportación» o «exportación exenta de impuestos» en toda factura emitida a una empresa que se encuentra fuera de Europa.

Para la facturación, las empresas pueden contratar los servicios de proveedores de servicios de pago certificados, quienes ofrecen procesos automatizados, basados en programas de facturación inteligentes, así como unas tasas de error ínfimas en cuestiones tales como el cálculo del importe del impuesto.

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